“Más incógnitas que certezas”
Una muerte sucede el 15 de abril de 2016, en la Comisaría 4ª de Cipolletti, y en el transcurso de doce horas de oficio realizan la autopsia pertinente a los fines de determinar la causa de muerte de una persona que ingresa por manejar en presunto estado de ebriedad y muere en el calabozo.
A casi dos meses de lo sucedido, no han realizado el estudio de toxicología al menos para determinar con certeza el supuesto estado de ebriedad, estado que habría constituido la infracción que lleva a la muerte a una persona de 35 años, sana, con una vida por delante.
Ni hablemos de una pericia del lugar en que el hecho sucedió aquella madrugada.
Esperamos un proveído del Juzgado Nº 2, a cargo de la Dra. Sonia Martín, que nos permita constituirnos en querellantes, derecho aún limitado con un criterio cuestionable.
Cuestiono no poder ejercer mis derechos, humanos, de justicia, de verdad, a una representación legal que afortunadamente y con todo nuestro pesar podemos económicamente costear.
Un criterio más del juzgado interviniente, del que nos gustaría saber su fundamento, es el criterio médico-legal que sostiene supeditar la reautopsia a los resultados de los análisis de las muestras que aún no se han analizado por cuestiones burocráticas.
Sin dejar de mencionar, que tampoco nos han aceptado la designación de un perito de parte a los fines de poder garantizar nuestro derecho de participación en el proceso de investigación, a quien consideramos como representante legal y médico de nuestros derechos.
Es muy difícil poder confiar y creer en estas condiciones en la versión oficial, que alega que Santiago fallece por causa de una aneurisma.
¿Es mi deber solicitar por favor a los funcionarios de la ciudad de Cipolletti y de la provincia de Río Negro que nos dejen ejercer nuestros derechos y nos den una señal de justicia? Dejo mi reflexión.
Mariana Sagredo
DNI 31.359.253
Mariana Sagredo
DNI 31.359.253
Cipolletti
Una muerte sucede el 15 de abril de 2016, en la Comisaría 4ª de Cipolletti, y en el transcurso de doce horas de oficio realizan la autopsia pertinente a los fines de determinar la causa de muerte de una persona que ingresa por manejar en presunto estado de ebriedad y muere en el calabozo.
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