Medida judicial rehabilita el plus

Aunque actualmente no se está cobrando en la Zona Atlántica, una medida judicial deja abierta la puerta para que los médicos vuelvan a cobrar plus por sus prestaciones a los afiliados de la obra social provincial Ipross. El STJ hizo lugar a un recurso de apelación interpuesto por los médicos y revocó sentencia anterior.

VIEDMA (AV)- Una interpretación judicial permitió rehabilitar el «plus» que venían cobrando los médicos de Viedma a afiliados del Ipross.

Sin embargo, la entidad que los agrupa no lo pondrá en vigencia ya que mantiene un compromiso con la Federación Médica, en el marco de las negociaciones que lleva a cabo con la obra social provincial a fin de reacomodar los pagos.

A principios de marzo, el Juez Civil y Comercial Fermín Donate había hecho lugar a una acción de amparo interpuesta por la Asociación de Defensa del Consumidor de Viedma (Decovi) ordenando al Colegio Médico Zona Atlántica el cese del cobro del Costo Médico Obligatorio (CMO).

La entidad había presentado el recurso cuestionando que el cobro de los cinco pesos para las consultas y 10 pesos para las prácticas, puesto en marcha por los médicos locales, iba a parar a gastos de funcionamiento o mantenimiento y «no tenía autorización de la Federación Médica», que en su momento acordó con la obra social una cápita promedio de 23 pesos por todo concepto.

Sin embargo, el Superior Tribunal de Justicia dispuso ayer hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por los médicos, y en consecuencia revocó la sentencia dándole la razón al Colegio. Este había pedido la nulidad de lo actuado por Donate al considerar que le negó la posibilidad de cuestionar la viabilidad del reclamo y transgredió la garantía de defensa en juicio.

La entidad se sintió agraviada en la circunstancia de que quien efectuó la presentación omitió acreditar la representación de Decovi y si es o no afiliado a alguna obra social.

Al STJ le llamó la atención que en la resolución de Donate «no se hace mención a norma constitucional alguna, y en consecuencia derecho de tal jerarquía lesionado por el costo de funcionamiento de los consultorios médicos» insistiendo en que sólo puede prosperar el amparo «cuando se hayan cercenado derechos y garantías constitucionales puntuales, concretas y de modo directo».

Frente a esa interpretación es que el máximo órgano judicial de la provincia dispuso formular un llamado de atención al magistrado interviniente.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios