Monotributo: AFIP dispuso un reintegro para contribuyentes cumplidores

El organismo modificó las condiciones solo para el año en curso. Redujo de 12 a 9 meses del año calendario pero mantuvo la forma de pago por débito.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que los monotributistas que hayan cumplido con el pago a término de 9 meses del tributo durante el 2021 accedan al reintegro de un mes del componente impositivo pagado a lo largo de este año.

El organismo lo determinó a través de la Resolución General 5100/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, introduciendo una flexibilización en los requisitos para acceder al beneficio dispuesto en el Decreto 1/2010 y la Resolución General 4309 del propio ente recaudador.

La principal modificación es que, de manera excepcional, se reduce de 12 a 9 meses del año calendario la condición para calificar como cumplidor y poder cobrar el reintegro. El requisito que se mantiene es que el pago se debe haber realizado a través de débito directo en cuenta bancaria y/o débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito.

Los contribuyentes percibirán el reintegro en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito que tengan adheridas como medio de pago durante los primeros meses de 2022. De acuerdo al marco que dispone el decreto original en el que se encuadra la medida, los monotributistas tienen el beneficio del reintegro de una cuota impositiva por año siempre que cumplan las siguientes condiciones:

1) Cumplan en tiempo y forma con el ingreso de las cuotas del monotributo vencidas en los 12 meses del año calendario, así como con las obligaciones formales y materiales que correspondan. Para el caso de inicio de actividad o de un período calendario irregular, el reintegro procede en un 50%, siempre que la cantidad de cuotas ingresadas en tiempo y forma fueran entre seis y once.

2) Realicen el pago mediante: Débito directo en cuenta bancaria y/o débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito.

El reintegro para quienes hayan abonado en tiempo y forma al menos 9 meses será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores.

Este año la AFIP reintegró más de $ 973 millones a más de 484.000 pequeños contribuyentes que abonaron durante 2020 sus obligaciones por débito automático o tarjeta de crédito.

El reintegro se suma a distintas medidas implementadas para las y los monotributistas como los Créditos a Tasa Cero o la moratoria que permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas.


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