Modificaron la ordenanza que rige la emisión de las licencias de conducir en Cutral Co
Se derogaron las anteriores y se incluyeron puntos que no estaban contemplados, entre ellos para las personas con discapacidad auditiva.
La ordenanza que regula la emisión de las licencias de conducir en Cutral Co fue modificada y actualizada. En sesión extraordinaria los concejales derogaron las anteriores y avalaron por unanimidad la nueva. Se incorporaron ítems específicos para las personas con discapacidad auditiva y motora.
El proyecto que finalmente se aprobó dispuso la derogación de la N° 667 que había sido sancionada en 1987; las modificaciones del artículo 3° de la ordenanza N° 1.272; y los 6° y 9° de la N° 2.443. En tanto, en 1995 se había sancionado la N° 1.550 que autorizaba los términos de la conducción de ciclomotores y motovehículos.
La norma que contó con el voto favorable de los seis ediles que asistieron a la sesión extraordinaria que se hizo este lunes, permitió actualizar algunos de los artículos relacionados a las personas con discapacidad. Acudieron el presidente del cuerpo, Jesús San Martín, y los ediles Hugo Deisner; María Elena Paladino; Elida González; Fabián Godoy y Plinio Rubilar. No estuvieron Jesica Rioseco; César Pérez y Maximiliano Navarrete.
En el articulado (el 2°) se agregó que la licencia habilitará la conducción desde la fecha en que fue expedida y hasta la fecha de vencimiento. Se aclaró que la sola iniciación del trámite «no da derecho a conducir». Si el conductor cambió el domicilio real, lo deberá comunicar en un plazo de 90 días (ante el organismo que la otorgó) y si ese plazo expiró, y no se denunció la modificación, la licencia caducará.
En esta nueva ordenanza se detallan de manera específica qué categoría corresponde sacar la licencia, según las cilindradas de las motocicletas o la capacidad de las baterías. Lo mismo ocurre para aquellos vehículos que se dedicarán al transporte de cargas peligrosas.
Para las personas con discapacidad -que hasta el momento no estaba detallado según la condición que presentan- ahora sí están incorporadas. Los conductores que aspiren a obtener las licencias deben asistir con el vehículo adaptado (Clase F) y el equipamiento necesario, según la clase que quiera aspirar (profesional, por ejemplo).
Los requisitos especiales que deben cumplir las personas que obtengan o renueven la licencia de conductor, con visión de un solo ojo tendrán que cumplir las condiciones exigidas, tanto personales como del vehículo que quieran manejar.
Aquellas que presentan hipoacusia profunda, anacusia, con o sin audífono o implante coclear, con o sin lenguaje oral, que renueven u obtengan la licencia podrán ser habilitadas, si cumplen con los requisitos generales exigidos, según reza la ordenanza.
Mientras que las personas con discapacidad motriz deberán presentarse con el vehículo adaptado de fábrica o bien con la adaptación homologada. En esta ordenanza está especificado, según la discapacidad auditiva, y especifica quiénes no podrán acceder.
El año pasado y ante la falta de especificación, hubo un requerimiento de un grupo de personas que se vieron impedidas de acceder a la licencia. Luego del reclamo, se contempló esta situación.
El presidente del Concejo Deliberante, Jesús San Martín, explicó que esta norma busca ampliar y actualizar las condiciones para este grupo de vecinos.
Finalmente, también se indicó el tiempo de vigencia de las licencias. Va desde los 18 hasta los 64 años de edad, se extenderán por un período de 5 años; desde los 65 hasta los 70, se otorgará cada 3 años. A partir de los 71 años será por 12 meses. Las condiciones cambian en aquellos casos que las licencias sean profesionales.
La ordenanza que regula la emisión de las licencias de conducir en Cutral Co fue modificada y actualizada. En sesión extraordinaria los concejales derogaron las anteriores y avalaron por unanimidad la nueva. Se incorporaron ítems específicos para las personas con discapacidad auditiva y motora.
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