Preocupa en Bariloche el riesgo de perder los fondos de la tasa al turista

La fiscal ante la Corte Suprema advirtió la inconstitucionalidad de la ordenanza que implementó hace 7 años el cobro de la llamada Ecotasa y encendió la alarma.

La Ecotasa es una herramienta recaudatoria que el gobierno del intendente Gustavo Gennuso puso en marcha en 2016. Con el paso de los años se convirtió en una fuente de financiamiento para ejecutar obras, que se sostiene con el aporte de los turistas que pernoctan en el sector hotelero formal de Bariloche. Sin embargo, el dictamen de la procuradora fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Laura Mercedes Monti, encendió la alarma en el gobierno municipal porque advirtió la inconstitucionalidad de la ordenanza que implementó la Ecotasa en esta ciudad.

Para la jefa de Gabinete municipal, Marcela González Abdala, “la Ecotasa es legítima”. Y expresó su preocupación por el dictamen que la fiscal dictó el 21 de abril pasado en el que recomienda a los jueces de la Corte Suprema admitir la queja impulsada por Santiago Cantaluppi y otros titulares o representantes de diversos establecimientos hoteleros de la ciudad que fueron a la justicia para dejar sin efecto la ordenanza que implementó esa tasa.

Monti propuso revocar la sentencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro que convalidó la legalidad de la Ecotasa.

La Corte no tiene fecha para dictar el fallo, pero si admite el criterio de la procuradora fiscal, “nos quedamos sin esa herramienta”, advirtió González Abdala. “La Ecotasa significó muchas cosas para Bariloche. Nos permitió tener autonomía en la decisión de qué obras de infraestructura turística necesitaba la ciudad”, sostuvo. “Y esa decisión, además, fue tomada en conjunto entre sector público y privado de Bariloche”, valoró.

González Abdala recordó que los dos argumentos que tenía en contra al principio la ordenanza que instrumentó la Ecotasa “era que se iba a utilizar para gastos corrientes y que no iban a venir más turistas”.

Afirmó que “los revertimos con hechos”. Sostuvo que con los recursos que la municipalidad percibió de la ecotasa “se hicieron 102 obras hasta el momento” y “de 700 mil turistas que venían antes de la pandemia (causada por la covid-19), hoy estamos arriba del 1.400.000”.

Por eso, en la administración del intendente Gennuso están pendientes de lo que resuelva la Corte Suprema. Un fallo en contra causaría un duro cimbronazo y dejaría al próximo gobierno municipal sin esa fuente de ingresos.

Solo el año pasado, la municipalidad recaudó 261.222.052 pesos por ese concepto, según el presupuesto ejecutado 2022. Mientras que el presupuesto 2023 prevé 283.209.229 pesos.


El dictamen de fiscalía que cuestiona la tasa al turista


Monti recordó que Cantaluppi y otros accionantes presentaron un recurso extraordinario ante el STJ de la provincia para llegar a la Corte con su demanda, pero lo rechazaron. Por eso, fue en queja.

La procuradora fiscal no avaló la sentencia del STJ que validó la ordenanza de la Ecotasa. Señaló que esa norma no satisface un “requisito fundamental respecto de las tasas, reiteradamente exigido por la extensa y constante jurisprudencia del Tribunal, como es que al cobro de dicho tributo debe corresponder siempre la concreta, efectiva e individualizada prestación de un servicio referido a algo no menos individualizado (bien o acto) del contribuyente”.

Afirmó que la prueba rendida en el expediente “dista de acreditar la prestación de un servicio concreto e individualizado”.

Recordó que el STJ invocó para sustentar su pronunciamiento que las obras que realizó el municipio demandado con los fondos provenientes de la “Ecotasa”, fueron la construcción de un “Skatepark”, la iluminación del Paseo del Sur, el Centro de Informes Turísticos, diversos trabajos de pintura en el Centro Cívico, el soterramiento del Centro Cívico, la parquización del paseo Juan Manuel de Rosas y la construcción de miradores y senderos en el Parque Municipal Llao Llao y en el jardín botánico.

“Tales prestaciones, que la municipalidad alegó haber brindado, y que fueron tomadas en consideración por la sentencia apelada y, en la inteligencia de ambas, darían lugar al derecho de la demandada a exigir la retribución pretendida, no representan -a la luz de la jurisprudencia del Tribunal- una efectiva prestación de un servicio individualizado en el contribuyente…”, destacó Monti.

“Por el contrario, se trata de actividades realizadas por el municipio que favorecen a la comunidad en su conjunto y no solo a los turistas que pernocten en establecimientos ubicados dentro del ejido municipal.
“Por este motivo, en mi opinión, es ilegítimo el cobro de la gabela (por la ecotasa) aquí tratada”, concluyó Monti.


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