Ordenan reincorporar a una docente jubilada por una supuesta incapacidad
La Justicia laboral de Cipolletti hizo lugar a un recurso de amparo presentado por la mujer.
El Consejo de Educación Provincial (CPE) deberá reincorporar a una docente que fue jubilada el año pasado por una supuesta incapacidad. La Cámara del Trabajo de Cipolletti hizo lugar parcialmente al recurso de amparo que presentó la mujer y le ordenó al CPE que le otorgue el puesto laboral que le corresponde, previo a dejar sin efecto la baja por invalidez.
La docente cipoleña de nivel inicial cuenta con 21 años de antigüedad y en 2016, debido a cuestiones de salud, le otorgaron readecuación de tareas. En abril de ese año, la Junta Médica dictaminó que en ese momento ostentaba un 70% de incapacidad laboral y que debía ser evaluada en 12 meses.
A pesar de que el 24 de octubre pasado obtuvo el alta médica, cuatro días después fue notificada que el 27 de julio de 2016 disponía la baja por invalidez (70% de incapacidad laboral) resolviendo su jubilación.
La profesora intentó recuperar su actividad laboral interponiendo varios recursos administrativos ante el CPE, sin embargo ante la falta de repuestas concretas presentó un recurso de amparo ante la Cámara del Trabajo. La mujer refirió que fue dada de baja con un dato falso y que fue intimada a jubilarse antes de haber alcanzado la edad máxima de 65 años, toda vez que el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones Ley 24.241 reconoce a la mujer la opción de jubilarse a partir de los 60 años o mantenerse en actividad hasta alcanzar la edad de 65 años. Una vez iniciado el recurso de amparo, la mujer presentó una resolución de Anses del 6 de noviembre de 2017 por medio de la cual se dejaba sin efecto el trámite de Retiro Transitorio por Invalidez, y también presentó el dictamen de Comisión Médica de fecha 17 de noviembre de 2017, el cual establecía que ella presentaba un porcentaje del 15,38 % de incapacidad laborativa por lo que “no reúne las condiciones exigidas en el inciso (a) del art. 48 de la Ley 24.241 para continuar con el Beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez”.
“Corresponde hacer lugar parcialmente a la acción impetrada, debiendo el Consejo Provincial de Educación arbitrar los medios que correspondan a fin de dejar sin efecto la baja dispuesta con relación a la amparista”, sostiene la resolución firmada por los jueces Luis Méndez, Luis Lavedán y Raúl Santos.
Los jueces laborales argumentaron su decisión en que la resolución del CPE estaba fundada en un dictamen provisorio que realizó la junta médica. El Consejo jubiló a la mujer antes de los 12 meses estipulados para volver a realizar un análisis sobre el estado de salud de la docente. Sin embargo previo a cumplirse el año desde el primer dictamen, la mujer se sometió a otro análisis de Comisión Médica que establecía un porcentaje mucho mejor.