Para los jueces no hay duda del abuso y poder que tenía el profesor del Depo

Guido Gadañoto fue declarado responsable de abuso sexual agravado esta mañana. Este delito establece una pena mínima de 6 años de prisión. En febrero de 2021 se realizará la audiencia de cesura.

Los tres magistrados que votaron por unanimidad la declaración de responsabilidad de Guido Gadañoto coincidieron en señalar que existieron no sólo los casos de abuso sexual sino también un manejo de la situación que ejercía mientras era el entrenador del equipo femenino del Deportivo Roca, en el año 2015.

Esta mañana, los jueces Gastón Martín, Alejandro Pellizzon y Daniel Tobares declararon culpable por unanimidad al basquetbolista por los abusos que sufrió su alumna, quien por ese entonces tenía 13 años. El veredicto le atribuyó los delitos de “abuso sexual por aprovechamiento de la inexperiencia sexual de la víctima, agravado por haber sido cometido por encargado de la educación y por resultar un grave daño en la salud mental de la víctima”.

Los jueces tuvieron por acreditados al menos tres episodios de abuso sexual que ocurrieron en el verano de 2015 en dos inmuebles pertenecientes al imputado, quien por entonces tenía 25 años.

«Pese a la dificultad probatoria que normalmente presentan los hechos de este tipo, por las circunstancias en las que se cometen, en el caso los jueces destacaron la coherencia y el nivel de detalle de la declaración de la víctima y su apuntalamiento con indicios, testimonios e informes forenses», detalla la información oficial emitida por el Ministerio Público Fiscal (MPF).

Durante el juicio, y en función de las declaraciones de los testigos, se logró confirmar que el entrenador tenía ante el conjunto de sus alumnas “una imagen de referente” que fue aprovechada para cometer los abusos. Tanto a la víctima como a otras adolescentes del equipo, el hombre les provocaba “admiración y temor reverencial”, concluyó el tribunal. “A él no se le podía decir que no”, graficó uno de los testimonios.

Los jueces analizaron especialmente las circunstancias en las que, tres años después, los hechos fueron revelados“El develamiento tardío es usual, las víctimas declaran cuando pueden, si es que alguna vez pueden, a lo largo de sus vidas”, dijeron. En ese punto, valoraron los motivos que en general suelen llevar al silencio inicial de las víctimas, y sumaron las circunstancias especiales de este caso, en el que los peritos acreditaron un proceso psicológico de “negación interna” del hecho como “mecanismo de defensa” en la adolescente, hasta que circunstancias ajenas a ella dejaron los abusos al descubierto.

El daño a la salud mental de la víctima, como agravante del delito de abuso, resultó evidente para el Tribunal tras las pericias e informes psicológicos y psiquiátricos aportados al juicio. Ella “guardó un secreto venenoso. Logró demorar los síntomas hasta el develamiento. Y a partir de allí entró en un estado agudo de angustia y culpa por no haber contado antes”, dijeron los jueces.

Los jueces descartaron cualquier influencia sobre la adolescente o animosidad de su parte para mentir en perjuicio de quien era su referente y entrenador.

A lo largo del veredicto los jueces destacaron la situación de “desigualdad” y “preeminencia” del imputado sobre la víctima, no sólo por su género sino también por su edad y por ser su entrenador. Existió, dijeron, un aprovechamiento de esas circunstancias para cometer los abusos sexuales. Eso afectó el “libre desarrollo de la sexualidad de la persona como aspecto integral de su personalidad”, agravando las consecuencias de los ultrajes.

Cabe mencionar que la condena no se encuentra firme, puesto que la defensa tiene diversas instancias posteriores de impugnación. Se estima que la audiencia de cesura -donde se establecerá la pena-recién se realizará en el mes de febrero del próximo año.


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