Plaza Huincul unificó el Código de Faltas para el tránsito

Hubo reuniones con la jueza Municipal de Faltas para definir las modificaciones que finalmente fueron aprobadas en la última sesión.

El Concejo Deliberante de Plaza Huincul aprobó una ordenanza que permite ordenar y unificar el Código de Faltas y hacer algunas incorporaciones, teniendo en cuenta que la comuna adhirió a la ley nacional de Tránsito. La necesidad de reglamentar esta situación fue impulsada por la jueza de Faltas del municipio.

Después de una serie de reuniones entre los concejales y la jueza de Faltas, Sofía Vallejos Rodríguez, se elaboraron las modificaciones e incorporaciones en la ordenanza 1478 de 2015 y que contiene el Codigo de Faltas municipal. En total, fueron modificados 86 artículos -desde el 119° al 205°- para que esté regulado el tipo de infracción -según la ley nacional de Tránsito- y el modo en que se cobrarán las multas ante la comisión de las infracciones.

Las modificaciones sobre las faltas de tránsito con vehículos automotores, bicicletas, ciclomotores y motocicletas. Se cambió la Unidad Monetaria -UM- que regía hasta antes de esta modificación por la Unidad Fija -UF- cuyo monto se fija según el valor del litro de nafta que mayor cantidad de octanaje -Infinia- de la empresa YPF.

Se estableció qué ocurre si el vehículo está sin frenos, o no cuenta con los elementos de seguridad, entre otras cuestiones y que están descriptas desde los artículos 119° al 136°. La otra adecuación es la relacionada a la documentación -desde el artículo 137° hasta el 141.

En cuanto al conductor, se detallan las infracciones y las penalidades que según los casos se aplicarán -desde el artículo 142° al 168°. En este sentido, por ejemplo, aquel conductor que se niegue a realizarse la prueba por intoxicación alcohólica o por drogas, o que maneje con más de 0 gramo por litro de alcohol en sangre, le corresponderá una multa de 1.000 UF y hasta 5.000 UF. Es decir, entre 93 mil pesos hasta los 465 mil.

En cambio, si quien conduce algún vehículo de transporte público, privado, escolar, ambulancias, transporte de cargas y servicios de urgencia, lo hace con algún grado de alcohol, la multa asciende desde las 2.000 UF -186 mil pesos- a las 10.000 UF.

Para quien haga “picadas”, la multa es entre las 1.000 y 1.500 UF y se podrá secuestrar el rodado. Además, de la inhabilitación para conducir. En la norma está regulada la acividad de taxis, remises, transporte escolar y de pasajeros.

Desde el bloque Compromiso, a través del edil Gustavo Iril se indicó que la “conciencia ciudadana y la responsabilidad social, es una de las lecciones que la pandemia nos enseña. El conductor designado comienza a tener una importancia central, al momento de la apertura de bares y boliches en la comarca”.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios