Cambios en la Ley de Migraciones: una a una las reformas del Gobierno de Javier Milei

Según publicó en el Boletín Oficial, se habilita el arancelamiento del sistema sanitario y se endurece el acceso a la ciudadanía.

El Gobierno modificó por decreto  la ley 25.871 que regula la política migratoria y, según publicó este jueves en el Boletín Oficial, entre los cambios se destacan que se la administración nacional endurece las deportaciones y el acceso a la ciudadanía, la atención y seguros médicos, al igual que el cobro de una «retribución por los servicios de educación».

De acuerdo con el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo Nacional introdujo cambios en la Ley de Migraciones N° 25.871. Estos incluyen la redefinición de las categorías de residencia y la implementación de criterios más estrictos para la admisión y permanencia de extranjeros en el país.

Las medidas buscan evitar el ingreso de personas que puedan representar un riesgo para la seguridad pública y asegurar que los inmigrantes que ingresen lo hagan de manera legal y con intenciones claras y legítimas.


Una a una las reformas de la Ley de Migraciones que oficializó el Gobierno de Javier Milei


Según el decreto, estas son las modificaciones:

  • Educación: los extranjeros con residencia temporaria podrán acceder a la educación inicial, primaria y secundaria, ya sea en una institución pública o privada, sin ningún inconveniente. Incluso, si la condición migratoria fuera catalogada como irregular. En el nivel superior ya que se habilitó a las instituciones estatales a cobrar una retribución por los servicios de educación. Esto no descarta la posibilidad del acceso a una beca.
  • Salud: los residentes temporales deberán contar con un seguro de salud. No tenerlo puede ser un motivo para impedir el ingreso al país. «En casos de emergencia, no podrá negársele ni restringírsele el acceso a la asistencia social o a la atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria», dice el decreto.
  • Ingreso al país: solamente estarán habilitados a ingresar por las fronteras oficiales, ya sea por medios terrestres, fluviales, marítimos o aéreos, pero deberán presentar una declaración jurada que explicite los motivos por los que llegan al país y un seguro de salud contratado. No podrán ingresar quienes hubieran cometido un delito doloso contra la vida, la integridad sexual, los poderes públicos o el orden constitucional.
  • Deportación y retiro de residencia permanente: se eliminará la residencia permanente a aquellos que hubieran cometido delitos que merezcan ser penados con la cárcel. Admás, se tendrá en cuenta si estos hubieran promovido o facilitado el ingreso de extranjeros ilegales y su vinculación con gobiernos o actos relacionados con delitos como el genocidio, crímenes de guerra, lesa humanidad y terrorismo, se considerarán los residentes que incumplieran con los requisitos de ingreso y permanencia.

Mirá el decreto completo acá:


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