Patagonia Norte fue multado por intervenir en la costa de San Antonio sin autorización
El DPA detectó que los trabajos avanzaron sobre la línea de ribera. La empresa portuaria argumentó que buscaba reparar un sector erosionado.
El Departamento Provincial de Aguas (DPA) de Río Negro multó a Terminal de Servicios Portuarios Patagonia Norte S.A. por realizar tareas de relleno cerca de la costa de San Antonio Este sin autorización.
La empresa portuaria sostuvo que buscaba reparar un terreno erosionado por el agua de lluvia y anunció que retiraría el material colocado.
El límite del mar argentino y Río Negro
La infracción quedó registrada el pasado 8 de septiembre, durante una inspección realizada por el DPA junto a organismos provinciales que se acercaron al predio de San Antonio Este, donde la empresa desarrolla sus actividades.
Durante el recorrido por la zona portuaria, los agentes detectaron trabajos de acondicionamiento, nivelación y relleno en una parcela que se extendía por debajo de la delimitación con la ribera del Mar Argentino, sin contar con autorización del organismo.
En este sentido, señalaron que la línea de ribera marca el límite entre el dominio público y el privado, mientras que la normativa provincial restringe las intervenciones que puedan impedir o alterar el movimiento natural del agua.
A raiz de ello, el DPA consideró que la empresa incurrió en infracciones al Código de Aguas de Río Negro al intervenir en bienes del dominio hídrico sin permiso.
¿Qué respondió Patagonia Norte?
En su presentación ante el organismo, la firma sostuvo que en el sector intervenido ya existía una depresión del terreno, similar a un cañadón, provocada por la erosión asociada al escurrimiento de agua de lluvia.
Según explicó, el relleno buscaba recuperar la forma del terreno y resolver ese problema antes de instalar un sistema para conducir y descargar el agua pluvial de forma correcta, reduciendo la erosión producida ante el escurrimiento del agua proveniente de las playas de acopio.
La empresa también señaló que a partir del 9 de septiembre se comenzarían con las tareas para retirar el material y recuperar la forma natural del sector, predominada por médanos de arena.
Tras el descargo, el DPA resolvió aplicar una multa de $3,3 millones, equivalentes en ese entonces a 2.181 dólares, en un plazo de diez días y determinó que cualquier obra futura para captar, conducir y descargar el agua de lluvia deberá ser informada previamente al organismo y contar con documentación técnica para evaluar su ubicación y las condiciones de descarga al mar.
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