Por primera vez juzgan la violación como delito de lesa humanidad en Neuquén

Durante años la violencia sexual fue incluida dentro de los tormentos. En el séptimo juicio de lesa humanidad en Neuquén habrá un cambio. Para la investigadora María Sondereguer, lo que se modificó fue la escucha a las sobrevivientes.

La violación como delito autónomo al de la tortura logró ser juzgado en el último decenio de debates en juicios de lesa humanidad en Argentina porque se “habilitó la escucha” de los testimonios que ya brindaban las víctimas, explicó la teórica feminista e investigadora de Derechos Humanos, María Sondereguer.

Consultada por las denuncias y condenas por delitos sexuales ocurridos durante la dictadura, la investigadora de la Universidad de Quilmes especificó que el avance en condenas por violencia sexual se debió no sólo a cambios normativos en la jurisprudencia internacional y nacional, sino a que se modificó la atención ante la existencia de un delito de violencia específica por la condición de género de la víctima.

El 2 de diciembre comenzará el séptimo juicio “La Escuelita” en el que se acusará al menos a seis jefes militares por la violación de una detenida desaparecida desde su captura en el secundario de Cutral Co (a los 15 años en junio de 1976) hasta su permanencia en el centro clandestino de Bahía Blanca, donde fue llevada junto a otros detenidos y desaparecidas.
Pasaron seis juicios en Neuquén y existe el registro de al menos unas 15 violaciones ( ya sea por los relatos propios de las víctimas o de los sobrevivientes) sin que se abordara la acusación por este delito.

Esta vez será la primera en la que el tribunal deba establecer una condena o absolución por el delito de violación, independiente de los tormentos, secuestros ilegales, robos u homicidios ocurridos contra 22 personas que presentan su denuncia.

Sondereguer aseguró que las violaciones, tocamientos durante la desnudez obligada, abortos inducidos, partos y vejaciones contra las detenidas – desaparecidas estuvieron relatadas desde el Juicio a las Juntas.

Pero, dijo,“no existían los marcos normativos ni la escucha para que esto se pudiera hacer visible. Fue el avance de los movimientos feministas que pudo pensarse con perspectiva de género” y analizar la problemática como una violencia especifica y en forma sistemática a partir de 1.976 contra la detenida: por su condición de mujer y de militante política.

Insistió en que “no existían los marcos ni la escucha” para la visibilización de la violencia sexual denunciada ante el estrado.

Después de 1.999 el abuso dejó de ser un delito contra la honestidad y cambió el enfoque, pasó a ser contra la libertad e integridad sexual.
“Durante los juicios no se repreguntaba bajo una lógica de cuidado. También desde las sobrevivientes el relato dejó de ser: y además me violaron”, especificó Sondereguer.

La violación estaba subsumida en el castigo que se daba al represor como parte de los tormentos.

Sondereguern afirmó que la postura de la militancia feminista habilitó la repregunta a la denunciante para establecer la prueba del delito específico.

Un segundo aspecto esencial en el debate fue establecer el castigo del ataque sexual, no sólo para quien había cometido el abuso sino para quien estaba a cargo del campo de concentración. “El responsable sabía que esto sucedía y se permitía como forma de tortura específica, generalizada y sistemática; no sólo las violaciones y abusos, sino también los partos forzados, abortos inducidos y la reducción a esclavitud sexual”, planteó, durante la permanencia en los centros clandestinos.

La investigadora planteó que pasaron muchos años de juicios de lesa humanidad y debates para que fuera visible la violación como un delito autónomo del de los tormentos, el que sufría la mujer por su condición de género, y en el caso de los hombres violados, una búsqueda de avasallar su masculinidad, como parte de la violencia patriarcal ejercida por los militares en los centros clandestinos.

El relato de la violación se conocía en el proceso judicial, pero subsumida como parte de los tormentos “contó con cierta naturalización, requirió de mucha transformación para que se repreguntara y se la individualizara como una violencia específica por su condición de género”, dijo.

Inspección ocular en el lugar donde funcionó el centro clandestino de Bahía Blanca “La Escuelita”. Archivo.

Ejemplificó que hasta que la querella en la causa de la ex Esma planteó la violación a las detenidas como la reducción a la servidumbre sexual en los campos de concentración “se pensó en las víctimas con vínculos consentidos con los perpetradores; se las trataba de traidoras, hasta que pudo ser escuchado este relato de violencia específica y de esclavitud: cambiaron los marcos interpretativos y se reflexionó sobre las condiciones” en las que se naturalizaba la servidumbre sexual como un consentimiento.

En todos los juicios desarrollados en Neuquén hubo relatos de violaciones y abusos contra mujeres y hombres durante el secuestro y la desaparición forzada.

El juicio se desarrollará en el Salón de Amuc los días 2,3,9,10,16 y 17 de diciembre, a partir de las 9, con protocolos sanitarios.

Se transmitirán por el portal www.cij.gov.ar los alegatos de apertura y clausura de las partes. No se transmitirán los testimonios ni las indagatorias a los acusados.

No habrá más de 15 personas como público en la sala y 5 periodistas por jornada, con distanciamiento, toma de temperatura en el ingreso y barbijos. Deberán firmar una declaración jurada en la que dejen constancia de que no tienen coronavirus ni son contacto estrecho de una persona contagiada.

Los imputados estarán eximidos de asistir en forma presencial.


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