Prisión efectiva para un motociclista que atropelló y mató a niño en Regina

Un Tribunal de Juicio de General Roca condenó a 4 años y 5 meses de prisión efectiva a un motociclista que setiembre de 2020 atropelló y mató a un niño de siete años en un calle de Regina.

Una condena a 4 años y cinco meses de prisión efectiva impuso un Tribunal de Juicio de General Roca a un motociclista que en setiembre de 2020 atropelló y mató a niño de siete años sobre la avenida Cipolletti de Villa Regina.

Los jueces Verónica Rodríguez, Emilio Stadler y María Gadano, integrantes del tribunal de juicio, en setiembre de este año habían declarado la culpabilidad del conductor de la moto, en tanto que esta semana se concretó la audiencia de cesura en la que se definió la pena.

La fiscalía solicitó se imponga una pena de 5 años y 4 meses, mientras que los abogados querellantes solicitaron se imponga la pena máxima -de acuerdo al Código Penal es de 6 años-, por su lado la defensa solicitó la pena mínima prevista la ley que es de tres años.

El siniestro fatal ocurrió en la tarde del 26 de setiembre de 2020, en el que falleció Alejo Corso, de siete año, luego de ser embestido por Matías Cardozo, un hombre de 40 años, quien circulaba en una moto de alta cilindrada excediendo los límites máximos de velocidad sobre la avenida Cipolletti a la altura de la intersección con la calle Bignami.

Los jueces del Tribunal de Juicio condenaron a 4 años y cinco meses de prisión efectiva a Cardozo, quien además estará inhabilitado por 8 años para manejar.

Cardozo ya había sido declarado culpable como autor del delito de “homicidio culposo agravado por el uso de un vehículo con motor y po haber obrado con culpa temeraria, excediendo en más de 30 kilómetros en la hora el máximo permitod en la zona”.

Si bien el fallo se conoció esta semana, el conductor permanecerá en libertad y deberá presentarse dos veces por semana ante las autoridades policiales o judiciales, mientras que recién empezará a cumplir la pena cuando esta quede firme.

No obstante, los jueces remarcaron que si el conductor de la moto condenado no cumple con las pautas de conducta impuestas, será detenido por “incumplimiento injustificado”.

Como se recordará, en la tarde del 26 de setiembre de 2020, Alejo Corso paseaba en bicicleta junto a su familia circulando por la calle Bignami; al llegar a la intersección con la avenida Cipolletti, comenzó a cruzarla transversalmente, cuando fue embestido por una la moto Honda de 600 centímetros cúbicos conducida por Cardozo.

En las pericias que se presentaron en las audiencias de juicio, se determinó que el motociclista circulaba entre 121 y 146 kilómetros en la hora por la avenida Cipolletti, en un tramo donde la velocidad máxima permitida es de 40 kilómetros. El impacto de la moto lo arrastró más de 48 metros y finalmente la víctima salió despedida. Las graves lesiones le ocasionaron la muerte inmediata.

En su fallo, los jueces tomaron como agravante la edad de la víctima, la “gravedad y modalidad del hecho” y “mayor desprecio” por las normas de tránsito que manifestó el conductor de la moto al circular a una velocidas tres veces superior a la permitida.

Además, remarcaron que Cardozo es un “chofer profesional”, situación que “lo obligaba a extremar los cuidados en la conducción, atento la peligrosidad latente del vehículo que conducía”.


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