Río Negro tiene dos leyes orgánicas de Educación

Por Redacción

Son tantas las urgencias políticas que quieren resolverse y tantos los rostros que pretenden aparecer como generadores de la verdad pedagógica en estos tiempos, que llevan a desconocer desde el proyecto curricular y pedagógico lo discutido, los procesos históricos, la valoración de actores reales y, fundamentalmente, la participación de los trabajadores de la educación y de la sociedad en su conjunto. Además, se pretende imponer leyes de educación mintiendo descaradamente. Entre otros, es el caso de la nueva resolución 3254/12, dictada el 7 de noviembre por el presidente-ministro del Consejo Provincial de Educación, Marcelo Mango, quien define que todos los certificados que se entregan en Educación a los alumnos de los niveles Inicial y Primario de ahora en más deberán llevar el texto que se transcribe: “Estudios con validez nacional otorgada por ley de Educación Nacional Nº 26206, la ley Orgánica de Educación Nº 4737 de la provincia de Río Negro y decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 144/08”, haciendo desaparecer con este acto la historia, los debates y los aportes de la aún vigente ley orgánica de Educación de la provincia de Río Negro 2444 con el solo dictado de una normativa de menor valor que la ley. En febrero de este año, junto con el compañero Marcelo Nervi decíamos en un artículo publicado en este diario, entre otras tantas cosas y con el afán de generar un debate serio, profundo y con el tiempo necesario para que la participación fuera real, que la omisión del número de la ley y su reemplazo por la “ley 4737” no era casual. Ese acto político de parte del Ministerio de Educación sólo colocaba en la superficie la verdadera intencionalidad de borrar la historia y hacer notar que la misma se escribe a partir de este año, es decir, desde el momento en que el maestro es ministro. En enero de este año, en la página de internet del Ministerio de Educación aparecía un logo que rezaba: “Nueva ley orgánica de la Educación Nº 4737”. Luego, ante las críticas realizadas desde diferentes lugares, incluida la publicación mencionada, desapareció el logo de informarnos que teníamos una nueva ley orgánica de educación cuando en realidad la citada ley es modificatoria de algunos artículos de la verdadera y actual ley orgánica de Educación. Ahora bien, la resolución 3254/12, cuestionada por la falta de respeto, por grosera y hasta falseadora de la realidad, nos está llevando a la creación de un modelo que actúa para generar la idea de que lo hecho no sirve y sólo tiene valor el sello colocado a partir de la presencia del actual momento político. Es tan grosero el actuar que en la misma sesión en la cual se dictó la resolución cuestionada se firmó otra, la 3191/12, que en un considerando expresa: “Que la ley de Educación provincial Nº 2444, dictada de acuerdo a lo normado en la ley de Educación nacional 26206, determina que se debe garantizar el cumplimiento de la escolaridad obligatoria a través de formas adecuadas que aseguren la terminalidad de estudios”, generando sorpresivamente entre ésta y la otra resolución la existencia de dos leyes de Educación, expresada por la misma autoridad firmante. Pero, además, no tienen en cuenta que la ley 2444 fue dictada en 1991 y la ley 26206 en el 2006, por lo que la primera no puede ser consecuencia de la segunda. Es confuso y notable ver cómo todo es igual, total qué importa. Es importante decir que quizás algunos obsecuentes dirán “en qué pavada se fijan y no ven todo lo que se hace”, pero no es así ya que lo importante es lo que se hace con el respeto del conjunto, con real participación y con tiempo necesario y suficiente y no con disfraces que simplemente maquillan la realidad. Éstos y tantos otros hechos marcan los silencios y los lugares extraños entre gobierno y conducción gremial ya que esta última prepara tantos terrenos favorables para decir que sí a todo hasta permitir que la patronal “vote electrónicamente” decidiendo sobre las reivindicaciones que dignamente merecen los trabajadores y que deben decidir cara a cara los mismos trabajadores. (*) Docente. Extitular de la Unter

HÉCTOR RONCALLO (*)