Robó, lo atraparon y en tres horas fue condenado a prisión efectiva

La audiencia de formulación de cargos comenzó ayer a las 10 y pasado el mediodía, bajo la figura de “acuerdo pleno”, el imputado recibió sentencia.

El nuevo Código Procesal Penal estrenó con una condena efectiva de dos meses por un hurto. La Justicia dictaminó 60 días de cárcel para Víctor Retamal por sustraer elementos electrónicos en una joyería en Cinco Saltos. El hecho ocurrió en la madrugada del martes y ayer, gracias al nuevo procedimiento, se resolvió. Con el antiguo paradigma el proceso podría haber demorado entre uno y dos años.

El juez Guillermo Baquero Lazcano homologó el acuerdo entre el fiscal Martín Pezzetta y el Defensor Público Juan Pablo Piombo, en un juicio abreviado.

Para tal resolución el imputado debía reconocer el hecho. Pezzetta expuso las pruebas, entre ellas una huella digital de Retamal en uno de los elementos que fueron sustraídos del comercio. El imputado tenía una condena firme y una suspensión de juicio a prueba lo cual permitió llegar a un fallo con prisión efectiva. Sin antecedentes, con esa figura penal hubiese sido excarcelado, como aconteció con otro caso que también se resolvió ayer. (Ver aparte)

El proceso penal

En primer turno se desarrolló la audiencia de formulación de cargos. Allí, Pezzetta expuso el hecho ante la jueza de garantía Sonia Martín y lo calificó como robo simple. Entre las pruebas, alegó el relato de un oficial de policía que colaboró en la detención de Retamal y de un oficial de Criminalística. Otra prueba clave fueron las huellas digitales que encontraron en uno de los elementos sustraídos y que coincidían con las del detenido.

Como Martín en su carácter de jueza de Garantía no podía homologar el acuerdo, se fijó la audiencia de juicio para el mediodía, donde finalmente se realizó bajo la figura de “acuerdo pleno”.

En esa instancia, Baquero Lazcano le preguntó a Retamal si reconocía la acusación del fiscal, el imputado dijo que sí, pero negó haber violentado la puerta del lugar. Con este nuevo escenario, Piombo pidió un cuarto intermedio y en su reanudación solicitó que se lo condene por hurto y no por robo simple. Además propuso bajar el acuerdo inicial que era de tres meses a dos. Pezzetta, ante la imposibilidad de comprobar si Retamal rompió o no la vidriera, aceptó el nuevo acuerdo.

El hecho por el que fue condenado ocurrió en una joyería de Cinco Saltos, ubicada sobre la calle Roca a las 0.30 del martes. Retamal circulaba por el lugar con sus dos hijos y sustrajo elementos de electrónica. A varias cuadras del lugar fue detenido por efectivos policiales.

“Obtuvimos una condena de un hecho que ocurrió ayer [martes]. Con el otro Código esto podría haber tardado uno o dos años”,

destacó sobre el nuevo proceso penal el fiscal Martín Pezzetta.

Otro caso: suspensión de juicio a prueba

El otro hecho que se desarrolló ayer terminó con una suspensión de juicio a prueba. Fue por un robo en una vivienda del barrio Brentana de Cipolletti. En la audiencia de formulación de cargos, la jueza Sonia Martín resolvió otorgar el beneficio. El acusado debe pagar 800 pesos en dos cuotas. Por el plazo de un año, lo que dura la probation, debe acatar con una serie de condiciones; entre ellas no acercarse al lugar donde cometió el ilícito y no cometer nuevos delitos. Si cumple con este arreglo no habrá juicio. El imputado goza de este beneficio porque no tiene antecedentes.

El robo ocurrió el martes a las 2:15 cuando el acusado junto a otra persona ingresó a un domicilio y robó un televisor. Fue interceptado a pocos metros.

En Roca hubo una audiencia por una salida transitoria

En una audiencia grabada en video, pero con el Código viejo, ayer se realizó una audiencia en Roca en la que se analizó y se otorgó el beneficio de una salida transitoria para un joven.

El juez de Ejecución Juan Pablo Chirinos encabezó la audiencia en a que finalmente otorgó las salidas transitorias, una vez por mes, durante 12 horas, y con la condición de ir acompañado de su padre, que se hará responsable del joven.

El beneficio será puesto a consideración a principios de noviembre, cuando el juez deberá evaluar si mantiene la medida, la amplía o la deja sin efecto, de acuerdo al cumplimiento o no en estos tres meses.

Si bien la audiencia se llevo a cabo bajo las condiciones del Código viejo, fue grabada en video como una prueba de registración audiovisual, que está previsto en el Código Procesal nuevo.

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Datos

“Obtuvimos una condena de un hecho que ocurrió ayer [martes]. Con el otro Código esto podría haber tardado uno o dos años”,

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