Ley de Tierras Rurales: en siete puntos, qué cambiaría para Río Negro y Neuquén si el Congreso aprueba la reforma

El proyecto que debatirá el Senado eliminaría varios de los principales límites que hoy tiene la compra de tierras rurales por parte de privados extranjeros. Río Negro y Neuquén pasarían a definir sus propias reglas, mientras se mantendrían controles especiales para zonas de frontera y se prohibiría la adquisición por parte de Estados extranjeros.

Por Alan Agustini

Campo en la localidad rionegrina de Guardia Mitre, ubicada en el noreste de la Patagonia. Foto: archivo Florencia Salto.

El Senado debatirá este jueves un proyecto que modificaría de manera profunda la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales o Ley de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.

De aprobarse el proyecto, el régimen vigente desde 2011 cambiaría en varios aspectos centrales. En el caso de Río Negro y Neuquén, la reforma podría tener un impacto particular por la calidad agroecológica de sus valles irrigados, la disponibilidad de agua para riego y la creciente demanda de inversiones vinculadas a la producción agropecuaria.

Estos son los principales cambios que podrían producirse.

1. Las provincias pasarían a decidir cuánta tierra pueden comprar los extranjeros


Uno de los cambios más importantes sería la eliminación del límite nacional del 15% para la propiedad de tierras rurales por parte de extranjeros.

Actualmente, el artículo 8 de la Ley 26.737 establece que las personas extranjeras, en conjunto, no pueden ser titulares de más del 15% de las tierras rurales del país. Ese mismo porcentaje también rige para cada provincia y para cada municipio.

Río Negro y Neuquén, al igual que todas las provincias, tendrían la facultad de definir si establecen restricciones a la propiedad extranjera y cuáles serían.

El proyecto eliminaría ese límite nacional y trasladaría a las provincias la facultad de definir si establecen restricciones y cuáles serían.

En la práctica, Río Negro y Neuquén pasarían a tener la posibilidad de fijar su propia política sobre la adquisición de tierras rurales por parte de privados extranjeros, sin un porcentaje máximo impuesto por la legislación nacional.

2. Los Estados extranjeros tendrían prohibida la compra de tierras


Mientras el proyecto flexibiliza el régimen para la inversión privada extranjera, endurece las restricciones para los Estados extranjeros.

La iniciativa establece una prohibición absoluta para que gobiernos extranjeros adquieran tierras rurales en Argentina.

No habría excepciones, cupos ni autorizaciones especiales.

3. Desaparecería el límite máximo de hectáreas por propietario extranjero


Otro cambio relevante sería la derogación del artículo 10 de la ley vigente, que fija un máximo de hectáreas que puede adquirir un mismo titular extranjero.

La norma actual establece un límite de 1.000 hectáreas en la zona núcleo o su superficie equivalente, según las características productivas de cada región.

Precisamente, Río Negro y Neuquén cuentan con decretos que determinaron esas equivalencias departamentales.

  • Neuquén

En Neuquén, el Decreto Provincial 2804/14 fijó superficies equivalentes que varían según el potencial productivo de cada departamento.

Departamento Superficie equivalente (ha) 
Huiliches 500 
Lácar 500 
Los Lagos 500 
Aluminé 1.000 
Collón Curá 1.000 
Confluencia 2.000 
Picún Leufú 2.000 
Catan Lil 2.000 
Picunches 2.500 
Chos Malal 2.500 
Loncopué 2.500 
Minas 2.500 
Ñorquín 2.500 
Añelo 3.000 
Pehuenches 3.000 
Zapala 5.000 

De aprobarse la reforma, esas equivalencias dejarían de tener efecto, ya que desaparecería el límite nacional que les daba fundamento.

  • Río Negro

En Río Negro, el Decreto Provincial 1154/17 también fijó límites equivalentes por departamento.

Departamento Límite vigente (ha) 
General Roca 10.000 
Pichi Mahuida 10.000 
General Conesa 10.000 
Adolfo Alsina 10.000 
Ñorquinco 10.000 
Avellaneda 10.000 
25 de Mayo 15.000 
9 de Julio 15.000 
El Cuy 15.000 
Valcheta 15.000 
San Antonio 15.000 
Bariloche 100 

También en este caso esos límites quedarían sin aplicación si se elimina el artículo correspondiente de la Ley 26.737.

4. Ya no existiría la prohibición sobre tierras ribereñas


El proyecto también derogaría otro de los artículos más conocidos de la ley vigente.

Actualmente, los extranjeros no pueden adquirir tierras rurales que contengan o sean ribereñas de cuerpos de agua permanentes y de envergadura.

Proponen eliminar la prohibición de adquisición de tierras rurales que contengan o sean ribereñas de cuerpos de agua permanentes y de envergadura por parte de extranjeros.

Si la reforma es aprobada, esa prohibición desaparecería.

Se trata de un cambio especialmente relevante para Río Negro y Neuquén, donde gran parte de las áreas agrícolas de mayor valor económico se desarrollan precisamente sobre los valles irrigados de los ríos Negro, Neuquén, Limay y Colorado, además de numerosos lagos cordilleranos.

5. En las zonas de frontera seguiría existiendo un control especial


La iniciativa también modifica el régimen aplicable a las zonas de seguridad de frontera.

La ley vigente prohíbe la adquisición de inmuebles rurales por parte de extranjeros en esas áreas, salvo las excepciones previstas por la normativa específica. El proyecto reemplazaría esa prohibición por un sistema de control.

Es decir, no se liberaría completamente la compra de tierras ubicadas en zonas de seguridad de frontera, pero tampoco quedaría prohibida. Continuaría vigente el régimen especial previsto por el Decreto Ley 15.385/44, modificado por la Ley 23.554.

En consecuencia, las operaciones seguirían requiriendo la intervención tanto de la provincia correspondiente como del Poder Ejecutivo Nacional.

6. Empresas con participación estatal extranjera tendrían doble control


La reforma también prevé un régimen específico para empresas en las que participe un Estado extranjero. En esos casos, la adquisición de tierras rurales no sería libre.

La operación requeriría una doble autorización: por un lado de la provincia donde se encuentre el inmueble y, por otro, del Poder Ejecutivo Nacional.

7. Un posible impacto sobre el valor de la tierra


Si el proyecto fuera aprobado, desaparecerían varias de las principales restricciones que hoy pesan sobre la inversión privada extranjera en tierras rurales.

En provincias como Río Negro y Neuquén, donde existen condiciones agroclimáticas muy favorables para la producción (como excelente disponibilidad de agua para riego, elevada radiación solar durante la temporada de crecimiento, buena sanidad vegetal y una reconocida aptitud para frutales, frutos secos, vid y otros cultivos intensivos), esa mayor apertura podría traducirse en un incremento del interés inversor.

En ese escenario, especialistas del mercado inmobiliario rural consideran posible que, con el tiempo, determinadas zonas productivas experimenten una revalorización de la tierra, especialmente aquellas con infraestructura de riego consolidada y alto potencial agrícola. No obstante, ese eventual efecto dependerá también de la reglamentación que adopten Río Negro y Neuquén, ya que el proyecto delega en las provincias la definición de buena parte del nuevo régimen aplicable a los inversores extranjeros.


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