Se dilata la creación de organismos en Cipolletti

No se reglamentó el funcionamiento de la Defensoría Municipal ni se eligió a los integrantes de la Asamblea Popular. Los organismos son producto de la reforma de la Carta Orgánica.

CIPOLLETTI (AC) – A seis meses de la puesta en vigencia de la nueva Carta Orgánica de Cipolletti, en la comuna no se ha avanzado en la creación de los nuevos institutos y organismos con los que el intendente Julio Arriaga pretende modificar el esquema político del municipio. Resta reglamentar el funcionamiento de la Defensoría Municipal y designar a su titular; sancionar las nuevas ordenanzas de Procedimiento Administrativo y Contabilidad; reglamentar la adhesión a la ley de Ética Pública; y elegir a los integrantes de la Asamblea Popular.

Para colmo, este año vence el mandato del contralor municipal Rubén Romero y, de acuerdo con la Carta Orgánica, a partir de ahora el cargo tiene que ser cubierto mediante una elección directa, aunque hay una contradicción: debe elegirse junto al intendente, cuyo plazo de gobierno expira recién en 2003.

La Carta Orgánica de Cipolletti, más que reformarse, fue prácticamente redactada de nuevo por una Convención Municipal liderada por el arriaguismo, que tuvo de su lado al especialista en Derecho Administrativo Hugo Frare.

Los nuevos institutos, la adhesión a modernos conceptos establecidos en la Constitución Nacional de 1994 y la creación de organismos de participación fueron incorporados a la Carta como una manera de renovar el sistema político y económico de la comuna. De hecho, su sanción significó la reducción a la mitad del Concejo Deliberante.

Quizás porque Frare renunció antes de asumir en el Concejo -iba a ser su presidente -, en el bloque oficialista del Deliberante no parece haber demasiados interesados en poner en práctica los nuevos organismos.

Sobre algunos aspectos de esta falta de aplicación de la Carta se refirió el ex concejal peronista Hugo Lapuente en notas que envió a todos los poderes del municipio y en una carta documento que recibió Arriaga.

La Asamblea Popular debería estar integrada por el 3 por mil del padrón electoral (unas 120 personas), elegido por el voto directo de los cipoleños, y para presentarse debe contarse con, al menos, título secundario. Su función es controlar, aprobar o rechazar «la dirección general de los asuntos públicos del gobierno municipal».

El defensor municipal es designado por el Concejo Deliberante de entre uno de sus miembros, con un mandato de un año. Dice la Carta Orgánica: «asume la defensa, promoción y protección de los derechos y garantías de los ciudadanos ante el cumplimiento irregular o incumplimiento de los deberes impuestos». No sólo el defensor no fue designado sino que además no se ha reglamentado su funcionamiento.

No es la única ordenanza que, entre pujas por la presidencia y denuncias de incompatibilidades, no ha tratado aún el Concejo. La norma de Procedimiento Administrativo, que ordena sancionar la Carta Orgánica, brilla por su ausencia por ahora. Su sanción es vital porque regularía «la actividad administrativa municipal», dentro de muy claros preceptos.

Algo parecido ocurre con la ordenanza de Contabilidad, que, de sancionarse, reglamentaría de modo más claro la manera de asentar los movimientos. Por caso, recién ahora se está cerrado el balance 2001 del municipio porque no se hallaba la manera de asentar la entrega de cinco millones de pesos en bonos provinciales para su canje.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios