Segunda pericia complica más a Freydoz: dice que “es imputable”
El perito oficial sostiene que actuó en estado de emoción violenta, pero su diagnóstico no es vinculante para el juez.
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ROCA (AR).- El perito oficial Ricardo Risso entregó ayer al juez Emilio Stadler su informe final en el que -a contrario de lo que había sostenido el perito de la defensa- ratifica que la viuda de Carlos Soria “es imputable” y que pudo comprender y dirigir sus acciones al momento de matar al entonces gobernador de Río Negro. De todos modos, insistió en que fue un crimen en estado de emoción violenta, lo que representaría -en caso de ser aceptado su criterio por el tribunal- un leve atenuante para la complicada situación procesal de la mujer. El perito de parte, Carlos Cornaglia, había dictaminado a principios de esta semana que Freydoz es inimputable en base a un “trastorno mental” potenciado en su organismo por el consumo de psicofármacos de vieja data y el alcohol de los festejos del Año Nuevo en la chacra de Paso Córdoba. Ahora Risso, como perito “neutral” traído desde la Corte Suprema de Justicia de la Nación, refuta aquella opinión de su colega y sostiene que la mujer actuó con consciencia de sus actos, aunque presa de un estado de emoción violenta derivado de “una sumatoria de vivencias traumáticas” en el ámbito de la pareja, que estalló en la madrugada del 1 de enero durante la fuerte discusión verbal que mantuvo con Soria en la habitación matrimonial. Ninguno de los dictámenes es vinculante para el juez Emilio Stadler, quien ahora, con las conclusiones de los expertos en sus manos, podría cambiar su criterio o podría mantener inalterables los términos del procesamiento por “homicidio calificado por el vínculo y agravado por el uso de arma”, sin atenuante alguno, que pesa actualmente sobre Freydoz. El abogado defensor de la imputada, Alberto Riccheri, anticipó ayer que en función de la nueva prueba incorporada al expediente evalúa cuál es la mejor estrategia jurídica a seguir, postura que recién se formalizaría la semana entrante. De acuerdo con lo que establece el Código Penal, el delito de homicidio calificado por el vínculo tiene como única pena posible la prisión perpetua. En tanto que esa misma figura, atenuada por la emoción violenta, se castiga con prisión de 10 a 25 años, aunque en este caso está la agravante de un tercio del mínimo y el máximo por el uso de un arma.
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