Elecciones 2023: ya comenzó a regir la veda para actos de Gobierno

Entró en vigencia la prohibición para los poderes ejecutivos nacional, provinciales y municipales de anuncios públicos de gestión que puedan promover la captación del voto. Conocé todos los detalles.

Desde este miércoles 19 de julio rige la veda para los actos de Gobierno. De esta manera, tanto el Poder Ejecutivo Nacional como las administraciones provinciales y municipales tienen prohibido realizar anuncios de gestión que puedan promover la captación del voto.

Así lo establece el artículo 64 del Código Electoral Nacional -Ley 19.945- que precisa que la prohibición debe comenzar a regir 25 días antes de las PASO que se llevarán a cabo el próximo 13 de agosto. Lo mismo ocurrirá semanas antes de los comicios generales del 22 de octubre.

Qué establece el Código Electoral Nacional


En efecto, el artículo 64 quater del Código Electoral Nacional dispone que “durante la campaña electoral la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan o desincentiven expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos, ni de las agrupaciones políticas por las que compiten”.

De esta forma, queda prohibido en este período “la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo”. Además, el Código establece en el artículo 133 bis penas de inhabilitación para quienes transgredan esta disposición.

“Los funcionarios públicos que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 quater serán pasibles de inhabilitación de uno (1) a diez (10) años para el ejercicio de cargos públicos”, advierte la legislación.

De esta manera, hasta luego del domingo 13 de agosto los dirigentes deberán ingeniárselas para captar el voto. Podrán continuar con recorridas en barrios, visitas a provincias hasta que comience a regir la veda electoral, pero por ejemplo no podrán inaugurar obras. Sí se mantiene la propaganda en medios de comunicación audiovisual.

La próxima fecha que deberá tener en cuenta la dirigencia política es el 5 de agosto. A partir de ese día -8 antes de las PASO- queda prohibido publicar resultados de encuestas o sondeos de opinión, pronósticos electorales o referirse a sus datos. Esta medida rige hasta tres horas después de que cierren las mesas de votación el domingo de las Primarias.

Por último, 48 horas antes de los comicios concluye oficialmente la campaña. El viernes 11 de agosto se da inicio a la veda electoral. Ese día se levantarán las propagandas de los medios de comunicación y los precandidatos a los distintos cargos en disputa no podrán hacer ningún acto.

La organización de las elecciones nacionales está a cargo de la Dirección Nacional Electoral (DINE), la Justicia electoral que integran los juzgados federales y la Cámara Nacional Electoral (CNE).

Con información de Agencia Télam.


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