Empleadas domésticas: Cuáles son las modalidades de trabajo y que categorías se incluyen

Las empleadas domésticas pueden ser incorporadas en diversas modalidades, y con categorías de diferentes responsabilidades. Conocé acá cómo es cada una de estas contratacions.

Las empleadas domésticas registradas pueden ser contratadas en dos modalidades de trabajo, según su regimen laboral: con retiro y sin retiro. Según la modalidad de trabajo establecido, se acordarán los valores salariales, los aportes, días de descanso y jornadas diversas.

Además de la modalidad, las empleadas domésticas pueden ser contratadas por categoría, según sus responsabilidades. Cada una de ellas tiene remuneración mínima asignada, contemplando cada una de las modalidades previstas; en tanto que estos montos también se dividen en el trabajo por horas y para aquellas que trabajan de forma mensualizada.

En cada situación, la jornada de trabajo de las empleadas domésticas debe ser de ocho horas diarias o de 48 horas semanales, con un máximo excepcional de hasta nueve horas por día.

Las empleadas domésticas que trabajan sin retiro deben tener un reposo diario nocturno de nueve horas, descanso diario de tres horas continuas entre las tareas matutinas y vespertinas, y un descanso semanal desde el mediodía del sábado hasta la medianoche del lunes.

Por su parte, las empleadas domésticas con retiro que se desempeñen para un mismo empleador deben contar con una pausa no inferior a doce horas entre el cese de una jornada y el comienzo de la otra.

Además, el empleador debe proveer de ropa y elementos de trabajo para la empleada doméstica, contemplar las vacaciones y las licencias de la trabajadora y considerar una indemnización en caso de despido, entre los derechos fundamentales de la contratación.

Cuáles son las categorías de contratación para las empleadas domésticas


Las empleadas domésticas dividen sus tareas según cada categoría laboral, acordada con cada empleador. Estas son:

* Supervisor y Supervisora: coordina y controla las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.
* Personal para tareas específicas: cocineros y cocineras contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal.
* Caseros y caseras: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda, donde habita debido a su actividad y por el contrato de trabajo.
* Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas tales como, personas enfermas, con discapacidad, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores.
* Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

Cada una de ellas tiene definida una escala salarial específica, que se actualiza en cada acuerdo cerrado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.


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