Vacaciones «pet friendly»: el Gobierno habilitó viajar con mascotas en trenes y colectivos de larga distancia

La medida autorizada por el Ministerio de Economía fue publicada en el Boletín Oficial. Solo aplica para animales domésticos y establecieron una serie de requisitos que se deberán cumplir para viajar.

El Gobierno confirmó que quedó habilitado el traslado de animales domésticos en servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros de larga distancia de jurisdicción nacional.

La medida fue autorizada por el Ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo, y publicada este 23 de diciembre en el Boletín Oficial a través de la Resolución 2076/2025.

Vacaciones y viajes «pet friendly»: se eliminaron las restricciones en trenes y colectivos


La normativa que estaba vigente hasta ahora, no reconocía como válido el transporte de animales en estos servicios, salvo perros guía para personas con discapacidad y, en el caso de trenes, pequeños animales en contenedores.

Si bien algunas empresas de transporte habían empezado a implementar servicios «pet friendly» en forma limitada, esta iniciativa no era total. Con la nueva disposición del Gobierno, estas prácticas quedarán formalmente reguladas y se extenderán a todo el sistema de larga distancia.

De esta manera que quedaron eliminadas las restricción y también se fijaron algunos requisitos para llevar a cabo los viajes garantizando la protección, el bienestar y la seguridad, tanto de los animales como de los pasajeros.

El Gobierno levantó las limitaciones que estuvieron vigente durante décadas. En el caso de los trenes, la prohibición se estableció en el Reglamento General de Ferrocarriles aprobado por el decreto 90325 del 12 de septiembre de 1936, mientras que para el transporte automotor se dejó firme en el decreto 253 del 3 de agosto de 1995, que sancionaba a las empresas que permitieran animales a bordo, salvo perros guía.

Vacaciones «pet friendly»: los nuevos requisitos para viajar con mascotas


El Gobierno en la Resolución también informó cuáles serán los nuevos requisitos que deberán cumplir las personas que viajen con sus mascotas.

En primer lugar, definió como «animal doméstico» a «todo animal de compañía que pueda convivir con el ser humano en un ambiente doméstico, recibiendo atención, protección, vivienda, alimento y cuidados sanitarios, siempre que su tenencia no tenga fines comerciales ni de consumo». En este sentido, excluyó a «los perros guía o de asistencia, que continúan bajo su régimen específico».

Por otra parte, indicó que los pasajeros que «trasladen consigo animales domésticos serán responsables en todo momento de su custodia, bienestar, salud y seguridad, procurando que no causen riesgos o molestias al resto de los pasajeros» y que además, deberán «cumplir con las disposiciones administrativas vigentes».

En cuanto a la modalidad de viaje, se dispuso que los animales deberán ir «dentro de un contenedor o transportín cerrado, diseñado para su transporte, que garantice salubridad y protección». «El contenedor podrá ubicarse sobre la falda del pasajero, debajo del asiento delantero o en el asiento contiguo a la ventana, sujeto con cinturón de seguridad», remarcaron.

Asimismo, el Ministerio de Economía aclaró que cada «pasajero mayor de edad podrá trasladar un solo animal doméstico y no se admitirá más de un animal por contenedor».

En paralelo, informó que «será obligatorio portar constancia de vacunación antirrábica y cualquier otra certificación exigida por la normativa vigente, que deberá exhibirse al momento de abordar o cuando lo solicite el personal de la empresa».

Vacaciones «pet friendly»: el rol de las empresas de transporte


Sobre el rol de las empresas de transporte, el Gobierno informó que las mismas «podrán fijar una tarifa específica para el servicio de traslado, conforme a las condiciones del mercado y la Ley de Defensa del Consumidor». Sin embargo recordó que «los perros guía o de asistencia seguirán viajando de manera gratuita, según lo dispuesto por la Ley 26.858».

Además las compañías también «podrán establecer condiciones adicionales sobre especies, razas, pesos, edades y dimensiones, así como definir procedimientos de limpieza y desinfección posteriores«. También remarcaron que «podrán organizar recorridos y frecuencias para individualizar los servicios que admitan animales».

Por otra parte, uno de los cambios que deberán realizarse en terminales y estaciones es que ahora tendrá que haber «espacios específicos para la espera y el abordaje de pasajeros con animales domésticos, señalizados y acondicionados según normas de seguridad e higiene».


El Gobierno confirmó que quedó habilitado el traslado de animales domésticos en servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros de larga distancia de jurisdicción nacional.

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