Tarifazo: buscan disminuir el impacto en la factura del gas

El ente regulador dispuso un nuevo reglamento para la incorporación a las facturas de impuestos nacionales y provinciales, tasas municipales y cualquier otro adicional. El gobierno busca “limpiar” las boletas para que el tarifazo se sienta menos.

El gobierno nacional decidió reglamentar la incorporación de cargos en la factura de gas por fuera de los costos del servicio. La distribuidora Camuzzi debe ahora informar al ente regulador nacional los detalles de sus boletas como paso previo a un ordenamiento que podría incluir la baja de algunos adicionales.

El gobierno nacional advirtió hace dos meses que las facturas de gas y de electricidad tienen adicionales por fuera del servicio específico que encarecen el precio final de las boletas, más allá de los tarifazos.

Impuestos nacionales, impuestos provinciales y tasas municipales (que tienen, en general, como base imponible el precio del suministro) se incluyen en las facturas de Camuzzi, que actúa como agente de recaudación.

En realidad, la del gas no es la boleta con mayores adicionales distorsionantes del precio del servicio. En las facturas de electricidad de Río Negro y Neuquén se incluyen ítems como “uso del espacio aéreo” o el financiamiento de los bomberos voluntarios o, en el caso de las cooperativas, aportes sociales.

“La prestadora del servicio de distribución de gas deberá notificar a esta autoridad regulatoria en un plazo de cinco días hábiles desde la entrada en vigencia de la norma que establezca la percepción y la comunicación por parte del fisco de su designación como agente de percepción”, ordena la resolución 185 del Ente Nacional Regulador del Gas.

Las facturas de gas y electricidad son muy difíciles del entender. Los consumos están expresados en unidades complejas, como “m3 de 9.300 cal/m³”. Y los cargos, resumidos como “IIBB Tte. Consumo”.

Es bueno aclararlo: la obligación es entregar en los hogares gas natural como un poder calórico de 9.300 calorías por metro cúbico, pero como no se trata de un valor constante en las cañerías (en general puede llegar a ser de más de 9.400), se pondera.

“Las percepciones preexistentes a la fecha de entrada en vigencia del presente procedimiento que hayan sido autorizadas previamente por esta autoridad regulatoria, y sobre las cuales se haya habilitado un código de facturación específico, deberán seguir incorporándose en factura de acuerdo a los lineamientos indicados en la nota de autorización emitida a tal fin”, señala la reglamentación.

En cambio, para las “percepciones preexistentes a la fecha de entrada en vigencia del presente procedimiento que no hayan sido autorizadas” se deberá iniciar un trámite que exige la remisión al ente de datos sobre la municipalidad o provincia que crea o modifica el tributo, las normas que lo autorizan; el hecho o base imponible y la alícuota y la fecha de vigencia a partir de la cual deberá aplicarse la percepción a la factura del servicio de gas.

Texto de la resolución 185 del Enargas, publicada ayer en el Boletín Oficial.

Datos

La letra chica de las boletas de los servicios públicos es complicada de entender para la mayoría de los usuarios. La idea es transparentarlas.
“Las percepciones preexistentes (…) deberán seguir incorporándose en factura de acuerdo a los lineamientos indicados”.

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