Tentaciones autocráticas en nombre de la pandemia

Redacción

Por Redacción

En nombre de la pandemia no se puede hacer cualquier cosa.

Tampoco con el pretexto de la falta de un Presupuesto actualizado.

Y menos, valiéndose de la falta del Congreso, remolón a las sesiones y empantanado en laberintos tecnológicos de transmisiones remotas.

El Decreto de Necesidad y Urgencia 457/2020, firmado por Alberto Fernández (comprensiblemente sin mucha fanfarria) no sólo dispone un aumento del gasto público de casi 500.000 millones de pesos, de los cuales 385.000 corresponden a un concepto maquillado que deviene de la fuerte emisión monetaria actual. También suspende por todo este año el tope del 5% que establecía el artículo 37 de la ley de administración financiera, y le permite ahora al Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, facultades extraordinarias para reasignar las partidas presupuestarias en forma discrecional. Sin ningún permiso, sin ningún control. Así lo establece el artículo 4 del nuevo DNU, que dejó en falsa escuadra a la oposición: recién reaccionó casi 12 horas después de las alertas periodísticas, entre ellas la de RÍO NEGRO.

La evidencia de un Congreso inerte deja abierta la posibilidad de que, desde un manejo tan discrecional en todas las partidas presupuestarias, se cometan irregularidades y arbitrariedades en la conducción y distribución de los recursos públicos.

La sobreabundancia de DNU ya se venía produciendo bajo la justificación de normas sanitarias urgentes. Pero un decreto que mete manos ilimitadas en obligaciones sagradas e inviolables dictadas por ley, es demasiado. En realidad, el primer manejo discrecional del Presupuesto ocurrió cuando el gobierno dispuso prorrogar la ley del año pasado y deliberadamente no presentó un proyecto nuevo. Fernández dejó en claro el desdén apenas asumió ante la Asamblea Legislativa: “He decidido que no le daremos tratamiento parlamentario al Presupuesto Nacional proyectado por el Gobierno saliente para el ejercicio 2020. Sus números no reflejan ni la realidad de la economía ni las realidades sociales ni los compromisos de deuda que realmente se han asumido”. Por eso rige aún el ejercicio de 2019.

El reciente DNU fulmina los límites establecidos en el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°24.156 (que dejaba en claro que corresponden al Congreso Nacional las decisiones que afecten el monto total del Presupuesto y el monto del endeudamiento previsto, así como las partidas que refieran a gastos reservados y de inteligencia). Campo orégano para Cafiero, el delfín presidencial.

Se comprende la necesidad de disponer de herramientas para asistir a familias y empresas sumidas en la angustia económica que deja la cuarentena preventiva ante el coronavirus. Pero el Congreso no puede actuar como simple espectador de un estado de excepción. Debe ser, más que nunca, un poder presente para brindar fuerza y transparencia institucional a los actos del gobierno y evitar discrecionalidades propias de una autocracia.


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