Un paso más por los derechos de la mujer

Por Redacción

ANA MARÍA PECHEN (*)

La Corte Suprema de Justicia (CSJN) recientemente ha dictado una sentencia de suma trascendencia respecto de la lucha por la dignidad de las mujeres en tanto valor superior de nuestro orden legal, institucional y social. El caso, cuya sentencia es de fecha 23/4/2013, resolvió que en aquellos procesos penales de investigación de hechos vinculados a la violencia contra la mujer no es posible otorgar el beneficio de la suspensión del juicio a prueba a favor de quien viene siendo investigado por tales hechos. Cómo es sabido, el imputado en una causa penal puede solicitar para sí el beneficio de suspender la realización de su juicio, llegando incluso a cerrarse ese proceso penal al extinguirse definitivamente la acción penal. La CSJN, asumiendo el rol institucional que le corresponde en el sistema republicano de gobierno, analiza la incidencia que posee en el orden interno argentino la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer , más conocida como “Convención de Belem do Pará”. Dicha convención, aprobada por ley 24.632, genera diversas obligaciones, principalmente en los ámbitos institucionales, a fin de adoptar políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar las distintas formas de violencia contra la mujer. Interpretando y aplicando tal Convención, la CSJN afirma que el Estado argentino está obligado a someter a quien es investigado penalmente por tales hechos a un juicio oportuno. La concesión del beneficio de la suspensión del juicio a prueba según los supremos jueces vendría justamente a contrariar tal obligación estatal asumida internacional e internamente. De allí entonces la postura que se adopta al excluir de este tipo de casos la posibilidad de ser suspendidas las realizaciones de los respectivos juicios. En palabras sencillas, en estos casos los juicios deben llevarse a cabo. Es sin dudas un criterio judicial que honra los compromisos internacionales asumidos en dirección a fortalecer la lucha contra la violencia de la mujer en sus más diversas formas de manifestación. En esta temática desde la Legislatura de la provincia del Neuquén hemos asumido el rol preventivo que debemos llevar a cabo con el fin de preservar la dignidad de las mujeres y promover su desarrollo en una sociedad lo más igualitaria posible. Así junto a los legisladores de las distintas composiciones partidarias hemos: a) sancionado las leyes que establecen el Régimen de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Familiar –ley Nº 2785–, la Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres –ley Nº 2786–, entre otras; b) promovido la inclusión de la temática de género como uno de los principales temas de discusión en la agenda del Parlamento Patagónico recientemente reunido con sede local; c) organizado talleres de concientización y discusión sobre diversas temáticas tales como la trata de personas, violencia simbólica y mediática, violencia de género en la Justicia, salud sexual y procreación responsable, mujeres con discapacidad y políticas públicas, aborto; d) cooperado permanentemente con asociaciones civiles de la región que desarrollan diversas tareas sociales con el fin de erradicar la violencia contra las mujeres. Seguramente mucho nos falta realizar aún en este tema, pero somos conscientes de que la igualdad de nuestras mujeres y el respeto por su dignidad son realidades que se construyen diariamente desde el compromiso de la ciudadanía toda y también con políticas públicas que debemos consensuar quienes ocupamos espacios institucionales. En lo personal, aspiro a que en un futuro cercano se incorpore plenamente en el entramado social el deber fundamental de incluir en equidad a las mujeres en los diversos espacios institucionales. (*) Vicegobernadora del Neuquén