Una nueva ordenanza prohíbe y sanciona el uso de pirotecnia en Regina

Una nueva ordenanza entró en vigencia en Regina para prohibir la venta y uso de pirotecnia. Se incrementaron los montos de multas a comeciantes, y su vez se sancionará a quienes utilicen estos artículos.

Una nueva ordenanza entró en vigencia en Villa Regina para prohibir el uso de pirotecnia, con el agravamiento de las sanciones a los comerciantes que realicen la venta con multas que llegarán a los 100 mil pesos, y al mismo tiempo con la aplicación de multas a quienes lo utilicen; algo que no estaba contemplado anteriormente.

La ordenanza prevé que en el caso de ser menores quienes usen estos artículos, la infracción se impondrá a sus padres, con un incremento en relación al mismo tipo de infracción cuando quien use artículos pirotécnicos sean mayores.

En Regina, desde 2012 rige la prohibición de venta y uso de pirotecnia, aunque las normativas que fueron sancionadas ese año y posteriormente modificada en 2016, apuntaban a la aplicación de multas a los comerciantes.

Precisamente, la legislación municipal que entró en vigencia recientemente por la promulgación por el intendente Marcelo Orazi, deroga las anteriores.

La nueva ordenanza, no solo contempla la apliación de multas a los comerciantes -con un incremento en los valores de las infracciones-, sino que al mismo tiempo estipula multas a las personas que hagan uso de estos elementos en la vía pública.

La Ordenanza 95/20, impulsada por la concejal Agustina Fernández, establece que Villa Regina es un “territorio libre de pirotecnia”, por lo que no está permitida la fabricación, tenencia, guarda, comercialización, manipulación, depósito y uso de este tipo de elementos explosivos.

Al mismo tiempo la ordenanza que está en vigencia determina la prohibición de “uso doméstico y en la vía pública de artículos de pirotecnia, como asimismo a instituciones privadas, clubes, eventos deportivos, musicales, turísticos y culturales”.

No obstante, los principales cambios que se introdujeron en la ordenanza de prohibición de comercialización y uso de pirotecnia, está directamente relacionada al esquema de multas que se aplicará a quienes no cumplan con lo establecido.

En el caso de los comercios, ante la primera infracción por la venta se determinó la clausura inmediata para siete días, y la aplicación de una multa que supera los 100 mil pesos que deberá ser cancelada para el levantamiento de la clausura. En forma paralela, todos los elementos pirotécnicos serán secuestrados. En los casos de reincidencias, se duplicarán y triplicarán las sanciones.

Uno de los aspectos en los que innovó la normativa, es en la aplicación de sanciones a quienes hagan uso estos artículos, se fijó que en el caso de ser mayores de 18 años, se aplicará una multa que rondará en los 7 mil pesos.

Sin embargo en caso de ser menores de 18, la sanción se impondrá a los padres o mayores responsables, con un incremento en que llevará la sanción hasta los 10 mil pesos. A su vez en cada reincidencia, la multa se duplicará.


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