Unas 10 mil declaraciones de bienes siguen infranqueables en Río Negro

La ley de información patrimonial de las autoridades no permite acceso público, salvo pedidos del declarante o resolución judicial. La última apertura: el sobre de la funcionaria detenida en Dina Huapi con $3 millones de pesos.

Unos 10 mil sobres están depositados en una oficina del Tribunal de Cuentas. Son viejas y nuevas declaraciones juradas de las autoridades de Río Negro, acumuladas en los últimos 18 años a partir que una ley obliga a quienes ostentan un cargo público provincial a la presentación de un informe patrimonial.

Lo curioso es que esa documentación no se conoce y la única apertura se genera por un pedido judicial o de un superior del involucrado. Ese infranqueable cerrojo legal queda en evidencia con una revisión del número de ocasiones que las declaraciones fueron hurgadas. No llegan a la media docena, recuerdan los memoriosos.

Algunos responden a la revisión de los mismos firmantes.

La incursión judicial más difundida fue el mandato para saber del patrimonio del exlegislador y exministro radical Daniel Sartor, acusado, procesado y finalmente sobreseído en una causa de “enriquecimiento ilícito”.

No se conocían otros requerimientos hasta que recientemente el juez federal subrogante de Bariloche, Gustavo Villanueva pidió los informes patrimoniales de Verónica Picapietra y de su esposo Alejandro Nahuelquín. ¿Quiénes? Ella era la funcionaria de la secretaría de Energía de Río Negro detenida en Dina Huapi en noviembre pasado por la Gendarmería con tres millones de pesos en efectivo. Y él era director de la cartera social provincial.

Nación, en contrapartida, dispone de un sistema abierto, con dos presentaciones. La información general del patrimonio del declarante, su cónyuge y sus hijos menores, con acceso público con un simple pedido a la Oficina Anticorrupción. La segunda parte, en sobre lacrado, resguarda detalles, como identificación de cuentas, tarjetas, cajas o inmuebles. Es la única información reservada y es abierta solo por pedido judicial.

En Río Negro, esa documentación -depositada en un pequeño cuarto en el Tribunal de Cuentas- ya acumula más de 10 mil sobres, entre los informes de ingreso y salida a la administración pública, alternado con algunos de modificación patrimonial.

Las formas se establecen en la ley N° 3550 que no registra casi modificaciones en los 20 años de su sanción legislativa. Tres leyes y tres decretos incorporan menores reformas, pero el bloqueo a la transparencia sigue inalterable. El histórico artículo 13 prevé que se “deberá preservar la confidencialidad” de las declaraciones y “excepcionalmente tendrá el deber de informar” cuando lo solicite el “propio interesado” o requerimientos de la Justicia, “comisiones investigadoras”, “organismos impositivos de Nación o de la provincia”, o titulares del Poder por “funcionarios de su dependencia”.

No hay margen de acceso a los informes patrimoniales. Todo queda supeditado a la determinación de los poderosos. Se prevé -artículo 17- que los declarantes realicen “publicación voluntaria” de sus “sus remuneraciones y declaración jurada patrimonial en el Boletín Oficial, sin cargo alguno”. Un solo antecedente se recuerda: el ex presidente del STJ, Luis Lutz.

El cerramiento diluye cualquier difusión y, en consecuencia, su cumplimiento también se diluye, partiendo que las normas quedaron desactualizadas o imprecisas. En el Tribunal se admite que se requiere periódicamente de las presentaciones, lo cual, se cumple con intimaciones a cada dependencia que dispone de la información actualizada de funcionarios. Obviamente, no siempre esas autoridades formalizan esas obligaciones.

Últimamente, ese cosmos de las declaraciones juradas del poder volvió al debate con un proyecto del oficialismo ampliando esa exigencias a sindicalistas ligados con desembolsos estatales.

La apertura mientras tanto sigue esperando.

La declaración jurada N° 1 se presentó en el Tribunal de Cuentas el 22 de mayo del 2003 y correspondió al entonces Fiscal de Estado de Río Negro, Sergio Ceci.


La pulseada del proyecto de ampliación a gremios


Un proyecto oficial, que extiende la obligación de informar del patrimonio a los dirigentes gremiales, espera su tratamiento en el recinto legislativo. Ese ingreso ya depende de Labor Parlamentaria, controlada por el oficialismo, ya que la iniciativa tuvo dictamen en las comisiones, restando la posición de la bancada del Frente de Todos.

Hace algunos años, este debate asomó cuando Rodolfo Aguiar presentó, en forma voluntaria, su patrimonio e inauguró una práctica que continúa Rodrigo Vicente en la conducción de ATE.

La ley 3550 circunscribe el pedido de declaraciones a los funcionarios, contemplando su posible extensión a las dirigentes gremiales, empresariales y de otras entidades.

La reforma propuesta admite que los sindicatos son “sujetos de derecho privado” pero se detiene en “algunos de ellas que son receptoras de aportes del Estado Provincial (aportes sindicales, subsidios, aportes para planes de viviendas)”. Se alude, en este caso, a “garantizar una mayor transparencia en el manejo de los fondos públicos”, entonces se extiende la obligación a “los cuerpos directivos y de fiscalización de los sindicatos” que reciben “aportes estatales, creados por ley provincial”. También se suman a los vocales del Consejo de Administración del Ipross.

El proyecto, con autoría de Lucas Pica y Facundo López, generó resistencia. Unter formalizó su rechazo y presentó una nota en la Legislatura, y la reacción de UPCN se advirtió en ocasión de un discurso de Juan Carlos Scalesi por los reclamos salariales.

La inyección adicional de fondos públicos a los gremios estatales conforma también un antecedente, pues el Estado provincial asignó recursos puntuales a Unter y ATE para crear sus Fondos de Viviendas. Existe, además, una mala experiencia en el manejo irregular en su precedente por parte de APEL, que concluye en una causa y condenados por su administración fraudulenta.

Para UnTER, la transparencia -dice en su nota-“está reguardada intensamente” por la conducción, “las disposiciones estatutarias y por el intenso mecanismo de control” existente por la “amplia participación” de sus afiliados en su Congreso. Recuerda que las “asociaciones gremiales” se rigen por “sus propios estatutos internos y las leyes 23.660 y 23.551”, resaltando “la autonomía sindical” como “principio fundamental del derecho colectivo del trabajo. La libertad sindical -agrega- tiene raigambre constitucional” que le garantiza “funcionar libremente”, “sin obstáculos ni intromisiones por parte del Estado”.

En la Legislatura, el futuro del proyecto no está claro, pues el oficialismo parece haber detenido su impulso inicial aunque, más allá del discurso, poca transparencia promete frente al actual procedimiento de seguimiento patrimonial.

Autoridades de los tres Poderes están obligadas a presentar un informe patrimonial. Foto: Marcelo Ochoa.

Historia y sujetos alcanzados


La ley N° 3550 se aprobó en el 2001, pero su implementación se inició en el 2003, con su decreto reglamentario.

La primera presentación fue del entonces fiscal de Estado de Río Negro, Sergio Ceci.

Antes, la “manifestación de todos sus bienes” estaba prevista en la ley N° 7, una de las normas fundacionales de la Provincia. Se incluía a los funcionarios municipales y su contenido ya era “reservado”. Era otro siglo, ocurrió en 1958, hace 63 años.

La presente norma obliga a la presentación al “gobernador” y “todo funcionario de designación política” en el Ejecutivo; “al vicegobernador, legisladores” y “cargos equivalentes de designación política de la Legislatura”, y miembros del Superior Tribunal de Justicia, magistrados, fiscales, secretarios”, jueces de Paz y “funcionarios” de la Justicia.

Igual obligación alcanza a los titulares de los órganos de control, y funcionarios de esas áreas. Se le requiere además a los directores de “las empresas del Estado”, al “personal policial -hasta subcomisario o “jefes de dependencia. Comprende a agentes de subdirector o superior, incluso a “toda persona, cualquiera sea su vinculación con el Estado”, que administre fondos públicos”, y quienes integren los Consejos de la Magistratura.

Primera Ley

7
fue la inicial norma donde se exigía la “manifestación de bienes”. Ya era reservado, pero es de 1958, hace 68 años.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios