Patoterismo de los candidatos

Neuquén

Al caminar por la ciudad, nadie es ajeno a los anuncios de propaganda política partidaria colocada en todos los postes de alumbrado público, columnas de telefonía y de energía en todas las cuadras; prácticamente, no hay columna que escape a esta situación, sobre todo en el área centro de la ciudad.

La ordenanza municipal 9123 en su Art. 25 dice: Queda prohibida la utilización de cualquier método destinado a la realización de publicidad político-partidaria -tales como: fijación, pintado, inscripción, utilización de aerosoles, pinturas, etc.- sobre monumentos, edificios públicos, refugios en paradas de colectivos, columnas de señalización de paradas de colectivos, bancos, cestos de plazas, solados de acera, calles, cordones de veredas, columnas de alumbrado público de telefonía y otros, carteles indicadores de calles, árboles, fuentes, cabinas telefónicas, y todo otro elemento de equipamiento urbano.

Asimismo, también se ha hecho una situación “natural” que circulen automóviles con un altoparlante propagandeando al candidato.

Si un candidato a intendente hace caso omiso a las ordenanzas municipales, decididas por el Concejo Deliberante, ¿qué va a pasar si llega al poder?

La ordenanza municipal Nº 8320/98 dice al respecto:

2.4.1.1: Se prohíbe, producir, estimular o provocar ruidos, cualquiera sea su origen, cuando por razones de horario, lugar, calidad y/o grado de intensidad puedan ser calificados como ‘ruidos molestos’, en razón de ocasionar molestias y/o perjuicios a la salud, bienestar o actividades de la población (…).

2.4.1.1.1: b) El uso de altoparlantes, amplificadores o similares en la Vía Pública ya sea en forma de instalación fija o mediante su circulación en vehículos por la ciudad.

d) El uso de bocinas, silbatos, megáfonos u otros instrumentos para pregonar, propagar, publicitar o llamar la atención, ya sea desde el interior de los locales con transcendencia hacia la vía pública o desde ésta en forma fija o ambulante desde cualquier tipo de vehículo. Reservándose su exclusiva utilización a policías, inspectores de Tránsito, Bomberos y otros organismos encargados de la seguridad.

Ahora bien, si un candidato a intendente hace caso omiso a las ordenanzas municipales, las cuales fueron llevadas a cabo por el Concejo Deliberante, mostrando así de antemano su modus operandi, un estilo patoteril, a la fuerza, a los codazos para imponer su propaganda haciendo uso abusivo de poder del partido provincial que obviamente lo respalda tanto a él como a su accionar. Me pregunto: ¿qué va a pasar si llega al poder? ¿Cómo gobernará?

¿Por qué ningún concejal de su partido le toca el hombro y le dice “esa forma de propaganda está prohibida” o “estás invalidando nuestro trabajo de concejales”?

Porque es claro que esos candidatos están avasallando a las instituciones como así también a los ciudadanos y sus derechos.

Con este panorama, es dable pensar que de hecho un “candidato” tiene más autoridad que un concejal (sea del partido que fuere) y que un intendente o… que alguien está recibiendo un “premio” por su falta de accionar y por no penalizar adecuadamente una acción ilegal, agravada por la reincidencia.

María de las Nieves Azar

DNI 17.641.237


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