Pagarán a una mujer que se lesionó en una vereda

El Banco Patagonia y la municipalidad de Bariloche indemnizarán a una mujer con $ 32.000. La acera de la entidad bancaria en mal estado le produjo una quebradura en el pie izquierdo.

Redacción

Por Redacción

SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- La sucursal local del Banco Patagonia y el Municipio, en forma solidaria, deberán indemnizar con aproximadamente $ 32.000 a una mujer que se torció el pie en la vereda del banco, donde las losetas estaban colocadas de manera defectuosa.

La demandante sufrió fractura del escafoides tarsiano en ese accidente, pero como producto de esa lesión, en una caída posterior se fracturó la tibia y el peroné de su pierna izquierda.

En su demanda por daños y perjuicios, una docente retirada expuso que el 30 de octubre del 2003 tropezó y se cayó frente al Banco Patagonia, como consecuencia del estado de la vereda, y sufrió la primera lesión en su pie derecho. Agregó que a raíz del andar forzado e irregular sufrió otras dos caídas, la segunda con el grave resultado comentado.

El municipio, a través de sus letrados, opuso excepción de defecto legal, negó los hechos invocados por la demandante y contestó que, de haber existido el hecho, «podría haber ocurrido por la edad de la accionante, por su peso corporal o su eventual culpa». También sostuvo que si la vereda estaba en mal estado la responsabilidad era del frentista.

El Banco, por su parte, también negó los hechos, y expuso que la actora se habría presentado el 4 de diciembre del mismo año para denunciar el accidente, «sin acompañar ningún elemento que avalara su reclamo».

El demandado aclaró ese día la vereda se encontraba en correcto estado y desestimó el reclamo.

En su fallo, el juez Jorge Serra citó normas y jurisprudencia y argumentó que «más allá de la responsabilidad que le puede corresponder a los frentistas, la municipalidad resulta ser la propietaria de las aceras y guarda para sí el poder de policía que le impone el deber de asegurar que las mismas tengan una mínima y razonable conformación para evitar eventuales daños».

Más adelante, el magistrado explica que al estar la vereda dentro del ejido municipal, el municipio, como titular de un bien de dominio público artificial, «está legitimada para ser demandada en juicio por los eventuales accidentes que se produzcan en la misma».

Varios testigos sostuvieron que el día del accidente había frente al banco baldosas sueltas, quebradas o partidas, y otros que aseguraron que la vereda se encontraba en buen estado de conservación, e incluso «óptimo», que fue como lo definió el gerente de la sucursal, Rodrigo Santiago.

Ante la contradicción de las versiones, el juez Serra tomó en cuenta el presupuesto confeccionado por el arquitecto Carlos de Llamas, que entre las tareas a realizar incluyó el reemplazo de losetas defectuosas de vereda, faltantes y rotas.

El magistrado estimó en un 10 por ciento la incapacidad parcial y permanente de la actora, y fijó en 7.000 pesos el daño fijo, en 2.000 pesos los gastos médicos y en 8.000 pesos el daño moral. Esos 17.000 pesos casi se duplican por el interés del 15 por ciento anual impuesto por el magistrado.


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