Fin al aporte que debían pagar las empresas de Tierra del Fuego: qué dijo el Gobierno
El Gobierno de Javier Milei oficializó una modificación significativa para las industrias radicadas en la provincia de Tierra del Fuego, el cual dejó sin efecto el aporte mensual que las empresas debían realizar para acceder al régimen de promoción fiscal especial. La medida fue formalizada a través de la Resolución 20/2026 publicada en el Boletín Oficial.
Las operaciones industriales que trabajaban en esa jurisdicción estaban sujetas a una contribución equivalente al 15 % del beneficio que obtenían por la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la cual se destinaba al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP–Fueguina). Con el cambio, ese aporte queda fijado en cero por ciento (0 %), permitiendo que las compañías mantengan los incentivos fiscales sin pagar esa carga.
El objetivo de esta decisión es atenuar los efectos negativos de los recientes cambios tributarios y arancelarios que habían removido la competitividad de los bienes producidos en Tierra del Fuego y puesto en riesgo tanto la producción como los puestos de trabajo bajo el régimen de promoción.
La modificación se realizó tras reclamos formales de la Unión Industrial Fueguina (UIF) y de la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica (Afarte), que advirtieron que la combinación de nuevas condiciones fiscales y de desregulación económica generaba una “pérdida crítica de competitividad” para el sector industrial de la provincia. Estas entidades argumentaron que el impacto no se limitaba solo al segmento de productos electrónicos, sino que afectaba a toda la actividad productiva.
El aporte mensual en función de proyectos productivos
El régimen de promoción industrial implementado en Tierra del Fuego se basa en la Ley 19.640, que creó un marco fiscal y aduanero especial para fomentar la inversión, el desarrollo industrial y el empleo en la zona. En 2021, se había extendido la vigencia de estos beneficios hasta el 31 de diciembre de 2038, siempre que las industrias mantuvieran sus obligaciones de aportes al FAMP-Fueguina.
El fondo, financiado por los aportes equivalentes al 15 % de la ventaja fiscal por no pagar el IVA, servía para impulsar proyectos productivos que diversificaran la matriz económica fueguina, tradicionalmente concentrada en la manufactura electrónica y el ensamblado de bienes de consumo durables.
Con la eliminación de este tributo, las empresas podrán seguir gozando de los beneficios del régimen promocional sin destinar parte de sus ingresos a dicho fideicomiso.
La resolución remarca que las obligaciones de inversión y los proyectos aprobados con anterioridad continúan vigentes. Las empresas que incumplan con esos compromisos deberán reintegrar los aportes correspondientes al fondo fiduciario público. Esta disposición busca asegurar que los compromisos asumidos no se vean perjudicados por la reducción del aporte obligatorio.
Boletín Oficial
El Gobierno de Javier Milei oficializó una modificación significativa para las industrias radicadas en la provincia de Tierra del Fuego, el cual dejó sin efecto el aporte mensual que las empresas debían realizar para acceder al régimen de promoción fiscal especial. La medida fue formalizada a través de la Resolución 20/2026 publicada en el Boletín Oficial.
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