Cuándo es el Día del Empleado de Comercio 2026 y por qué podría trasladarse
A la espera de la circular de FAECYS y las cámaras del sector, se anticipa la posibilidad de mover el asueto para garantizar el fin de semana. El impacto en los supermercados y la liquidación salarial.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias del rubro se preparan para definir los alcances del Día del Empleado de Comercio, una jornada que frena la actividad en grandes cadenas de supermercados, shoppings y locales minoristas.
La fecha oficial de la conmemoración es el 26 de septiembre, que en el almanaque de 2026 cae en el día sábado. Debido a esta coincidencia con el fin de semana, la dirigencia sindical y las patronales negocian el habitual traslado del asueto para la jornada del lunes posterior (28 de septiembre) o el lunes previo, buscando garantizar el día de descanso efectivo para la totalidad de los empleados.
Traslado de fecha y qué pasa con la apertura de comercios
A la espera de la resolución oficial de la FAECYS, el esquema de funcionamiento mercantil operará bajo las pautas fijadas por la normativa vigente:
- Alcance del asueto: la jornada no laborable abarca a los empleados de comercio de todo el país, afectando la atención en hipermercados, grandes tiendas, centros comerciales y comercios tradicionales de calle.
- Apertura optativa: los locales que decidan abrir sus puertas deberán ser atendidos directamente por sus propios dueños o por empleados que presten conformidad para asistir a sus puestos.
- Posible corrimiento: aunque la fecha exacta es el sábado 26 de septiembre, se aguarda una circular unificada que traslade el cese de actividades al lunes para consolidar un cierre masivo del sector.
Cómo se paga si se trabaja el Día del Empleado de Comercio: la regla del feriado nacional
En materia de liquidación salarial, la ley nacional equipara esta jornada a todos los efectos legales con un feriado patrio. Según lo establecido por la Ley 26.541, el Día del Empleado de Comercio se asimila a un feriado nacional. Por lo tanto, si el empleador convoca al trabajador y este presta tareas, se le deberá abonar la jornada al doble (100% de recargo), conforme a lo dispuesto por la Ley de Contrato de Trabajo.
La elección del 26 de septiembre rinde homenaje a un hito del movimiento obrero argentino alcanzado en 1934. En esa fecha se promulgó la Ley 11.729 bajo la presidencia de Agustín Pedro Justo, una norma impulsada por la primogénita Federación de Comercio que suspendió viejos esquemas de servidumbre laboral e introdujo por primera vez en el país derechos fundamentales como:
- Indemnización por despido incautamente dispuesto.
- Licencias pagas por enfermedades y accidentes de trabajo.
- Preaviso en las desvinculaciones laborales.
- Regulaciones sobre la jornada de trabajo.
La vigencia formal de la jornada como día de descanso obligatorio se ratificó décadas después, el 10 de diciembre de 2009, con la sanción de la Ley 26.541, consolidando el derecho anual al cese de tareas para el rubro.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias del rubro se preparan para definir los alcances del Día del Empleado de Comercio, una jornada que frena la actividad en grandes cadenas de supermercados, shoppings y locales minoristas.
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