Redefinen la acusación penal contra un hombre que atropelló y mató a su amigo en Villa Llanquín

Para la fiscalía y la querella se trató de un homicidio simple, porque habría arrollado a la víctima dos veces con su camioneta en forma intencional. La defensa buscará demostrar que fue un homicidio culposo.

Por Daniel Marzal

Redefinen la acusación penal contra un hombre que atropelló y mató a su amigo en Villa Llanquín

Redefinen la acusación penal contra un hombre que atropelló y mató a su amigo en Villa Llanquín

Un juicio que tanto el fiscal Gerardo Miranda como la querella y la defensa calificaron “muy interesante desde el punto de vista jurídico” es el que tendrá como imputado a Eduardo Cariman, un emprendedor ganadero de Arroyo Chacay que causó la muerte de otro poblador -amigo suyo- al pasarlo por encima dos veces con su camioneta. Lo que estará en juego es si el hecho encuadra como un homicidio simple (así lo sostiene la acusación) o si se trata de un homicidio culposo, es decir que no existió un propósito deliberado de matar. La diferencia se mide en años de prisión y los jueces a cargo tendrán la última palabra.

Cariman está acusado de provocar la muerte de Horacio Chávez en la tarde del pasado 6 de enero, al cabo de una reunión quie compartieron en el predio de la víctima durante la cual habría abundado el consumo de alcohol. El fiscal dijo que la investigación preparatoria ya está concluida y pidió hoy la reformulación de cargos ante el juez de Garantías Víctor Gangarrosa con una descripción más ajustada del hecho, además de ratificar la calificación de homicidio simple.

Dijo que pasadas las 17 de aquel día se produjo un “altercado”, que Catriman se subió a su camioneta Ford Ranger en compañía de su pareja, primero hizo marcha atrás y luego hacia adelante. Como resultado de la maniobra embistió a Chávez, que estaba parado frente al vehículo y cayó debajo de las ruedas. Catrimán lo arrastró unos metros, luego lo pasó por arriba y por último hizo marcha atrás con intención de huir del lugar, con lo cual volvió a pasar las ruedas delanteras sobre el cuerpo de Chávez.

De inmediato se fue a su campo de Arroyo Chacay y la policía lo detuvo horas después tras recibir la denuncia. El fiscal Miranda pidió en la misma audiencia el sobreseimiento de Catriman por el delito de resistencia a la autoridad agravado por el uso de arma, en el que habría incurrido cuando lo fueron a detener. Dijo que luego de interrogar a los policías no podía sostener esa acusación, según la cual los había amenazado con un cuchillo.

El juez convalidó ambos planteos y también la extensión de la prisión preventiva de Catriman, qui permanece alojado en la comisaría de Dina Huapi. Cumplida ese trámite el caso se encamina a la audiencia de control de acusación, que se realizaría antes de fin de mes y que servirá para acordar la condiciones del juicio oral.

La pulseada que quedará expuesta en el juicio oral


El abogado defensor Manuel Mansilla volvió a sostener que tiene “una teoría opuesta” a la que esgrime la fiscalía. Su interpretación es que se trató de un homicidio culposo y espera demostrarlo en el juicio. Anticipó que cuenta a su favor con el testimonio de la mujer que acompañaba al acusado y que es “la única testigo presencial” de lo ocurrido, además del relato del propio Catriman y de las conclusiones obtenidas en un recorrido presencial por el lugar.

Mansilla se opuso a la continuidad de la prisión preventiva porque “ya se llevaron adelante todas las medidas de prueba” y entendió que no había fundamento para sostenerla, pero el juez Gangarrosa no le hizo lugar porque “no hay elementos para considerar que los riesgos procesales hayan cesado o disminuido”.

El defensor resaltó que Catriman y Chaves “eran amigos” y su defendido no estuvo guiado “por ningún plan para huir del lugar o esconder pruebas”. Dijo que la camioneta siempre estuvo a disposición de los investigadores y no fue alterada.

De cara al juicio, Mansilla dio por descontado que “va a ser un debate interesante” en una observación coincidente con la que había expresado Miranda minutos antes y que repitió también la abogada querellante Ana Vera, quien representa a los hijos de la víctima.

Vera dijo que acompañaba lo sostenido por el fiscal, que a su entender “hubo dolo” en el accionar homicida de Catriman y que esa conclusión surge de la pericia accidentológica firmada por Walter Muñoz, “que es muy detallada”.

Ademas de esa pericia, el fiscal Miranda dijo que cuenta con otras evidencias como las actas policiales, una pericia psiquiátrica practicada sobre el acusado que descarta la inimputabilidad, un informe de criminalística y el certificado médico según el cual Chavez murió por “aplastamiento”, luego de sufrir “una compresión del cuerpo fuertísima” que derivó en un paro cardiorrespiratorio “de origen traumático”.

Uno de los temas que asoma como controversial es el control de alcoholemia que le practicaron a Catriman el mismo 6 de enero a las 23, casi seis horas después del homicidio, y que le dio 1,20 gramos por litro de alcohol en sangre. Una de las interpretaciones es que podría haber bebido entre el momento del crimen y el de su detención. La querellante dijo que su conducta de “huir y tratar de salir impune no se condice con un delito culposo”. Refirió que si el hecho violento fue consecuencia de la ingesta de alcohol “no se puede saber por qué Catriman huyó”.

En una adelanto de los cruces que podrán registrarse en el juicio, el defensor Mansilla cuestionó esas dudas y señaló que Catriman “eran amigos con Chávez y estuvieron ingiriendo alcohol desde muy temprano”.


Un juicio que tanto el fiscal Gerardo Miranda como la querella y la defensa calificaron “muy interesante desde el punto de vista jurídico” es el que tendrá como imputado a Eduardo Cariman, un emprendedor ganadero de Arroyo Chacay que causó la muerte de otro poblador -amigo suyo- al pasarlo por encima dos veces con su camioneta. Lo que estará en juego es si el hecho encuadra como un homicidio simple (así lo sostiene la acusación) o si se trata de un homicidio culposo, es decir que no existió un propósito deliberado de matar. La diferencia se mide en años de prisión y los jueces a cargo tendrán la última palabra.

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