Qué es un acuerdo stand by: el crédito que solicitará Argentina al FMI

Esta modalidad contempla plazos de entre 12 y 36 meses. Se emplea “cuando los países no tienen intención de utilizar los montos aprobados, pero conservan la opción de hacerlo si llegaran a necesitarlos”.

El acuerdo financiero “stand by de alto acceso” que pedirá el Gobierno argentino al Fondo Monetario Internacional (FMI) tiene como principal objetivo solucionar problemas transitorios, como los relacionados con la balanza de pagos, y son de carácter precautorio, con la opción de hacerlos efectivos en caso de necesitarlos.

Esta modalidad de crédito del FMI contempla plazos de entre 12 y 36 meses; y el monto de esta línea se rige por una combinación de diversos factores, como la necesidad de financiación, la capacidad de pago y un seguimiento del país.

En su página web, el organismo explica que “todos los países miembros que enfrenten necesidades de financiamiento externo son elegibles para acceder a un acuerdo stand-by, con sujeción a las políticas del FMI”.

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La duración de este tipo de acuerdos “es flexible, y generalmente abarca un período de 12 a 24 meses y un plazo máximo de 36 meses, acorde con la necesidad de atender problemas de balanza de pago a corto plazo.

Asimismo, aclara, “el acceso a los recursos financieros del FMI en el marco de un Acuerdo Stand-By se guía por la necesidad de financiamiento del país, su capacidad de pago y su historial en el uso de los recursos del FMI”.

Dentro de esas directrices, el acuerdo “brinda un margen de flexibilidad en cuanto al monto y la oportunidad del préstamo para contribuir a satisfacer las necesidades de los países prestatarios”.

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En el caso de los acuerdos precautorios de “alto acceso”, como el que pediría la Argentina, y contemplados en el nuevo marco de préstamos “stand by” formulados en 2009 y modificados en 2016, se trata de un “tipo de servicio de aseguramiento frente a necesidades de financiamiento potenciales muy cuantiosas” que se emplean “cuando los países no tienen intención de utilizar los montos aprobados, pero conservan la opción de hacerlo si llegaran a necesitarlos”.

Respecto a los compromisos asumidos por los países que solicitan un préstamo, el FMI aclara que “ha introducido más reformas a las condiciones de sus préstamos para poner el foco en criterios que sean mensurables y observables”.

En ese sentido, precisó que “se han eliminado los criterios de ejecución estructural” y, en su reemplazo, se evalúa “de manera integral, entre otras cosas mediante parámetros de referencia en ámbitos de política clave, en el contexto de las revisiones de los programas”.

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El pago de los recursos tomados en préstamo se debe reintegrar en ocho cuotas trimestrales iguales a partir de los 3¼ años posteriores a la fecha de cada desembolso y la tasa de préstamo comprende la tasa de interés de los Derechos Especiales de Giro (DEG, la “unidad” de cuenta del FMI) determinada por el mercado -con un nivel mínimo de 5 puntos básicos- más un margen, y sobretasas, que dependen del monto y el plazo de reembolso del crédito.

Se pagará una sobretasa de 200 puntos básicos sobre el monto del crédito pendiente que supere el 187,5% de la cuota; y, si el crédito se mantiene por encima del 187,5% de la cuota después de tres años, esta sobretasa se eleva a 300 puntos básicos.

Asimismo, incluye una comisión inicial cobrada al comienzo de cada período de 12 meses por los montos que podrían ser utilizados durante el período (15 puntos básicos por los montos comprometidos hasta el 115% de la cuota, 30 puntos básicos por los montos comprometidos que superen el 115% hasta el 575% de la cuota y 60 puntos básicos por montos que excedan el 575% de la cuota); así como un cargo por servicio de 50 puntos básicos, entre otras cuestiones.


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