Embistió a una motociclista y deberá pagarle casi siete millones de pesos

Ocurrió en Cipolletti. La joven terminó con doble fractura de tibia y peroné de tobillo izquierdo y por las secuelas se fijo la incapacidad en un 31,5%.

Un durísimo fallo de la justicia civil de Cipolletti condenó al conductor de un Volkswagen Suran a pagarle a una joven motociclista casi siete millones de pesos. El accidente ocurrió en el barrio San Pablo, en la intersección de San Martín y Uruguay. El auto violó la prioridad de paso del que va por la derecha y chocó a la moto. La mujer sufrió lesiones y quedó con una incapacidad laboral.


El fallo concluyó que el conductor del Suran no extremó los recaudos necesarios
a fin de trasponer la intersección de las calles San Martín y Uruguay, siempre teniendo en miras que debía ceder el paso a quien circulaba por su derecha y en su caso, detener su vehículo a tiempo a fin de evitar la colisión.

Se afirmó en la sentencia que de la prueba rendida surge con claridad que el demandado no respetó en la encrucijada la prioridad de paso de la conductora de la motocicleta que cruzaba desde su derecha (art. 41 ley 24.449). Y lo anterior, conforme art. 64 de la misma ley, conlleva a presumir su responsabilidad en la generación del accidente.
La joven terminó con doble fractura de tibia y peroné de tobillo izquierdo y por las secuelas se fijo la incapacidad en un 31,5%.

La indemnización es por 6.974.208,44 de pesos y alcanza al hombre que manejaba el coche, a la titular del vehículo y a la aseguradora. El mayor porcentaje de la indemnización es por el daño físico que sufrió la mujer de 19 años y por su incapacidad laboral.

En el rubro de incapacidad, tal como lo establece una fórmula aprobada por el Superior Tribunal de Justicia para todos los casos similares, se contabilizan variables como el ingreso mensual que tenía la damnificada, la perspectiva de mejora de sus ingresos futuros, su edad al momento del siniestro, los años que le faltaban para el final previsible de su vida laboral activa, el porcentaje de incapacidad laboral acreditado y los intereses.

También se hizo lugar al reclamo por daño moral, material de osteosíntesis, gastos de farmacia, asistencia médica y traslado y tratamiento psicológico.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios