Compró una notebook fallada, los demandó y deberán pagarle 29 mil pesos

La damnificada hizo una denuncia en el juzgado de Paz de Cipolletti y la magistrada falló a su favor.

La jueza de Paz de Cipolletti, Gabriela Lapuente, hizo lugar a la demanda por “menor cuantía” que realizó una mujer tras confirmar que la notebook que había comprado presentaba una falla de fábrica. Lapuente dispuso que la mujer será indemnizada por de 28.827,86 por una computadora portátil que adquirió y que dejó de funcionar una semana después.

La mujer compró una notebook a través del servicio telefónico de una conocida empresa local dedicada a la venta e insumos de computadoras. Esto fue en marzo y a la semana la notebook que había adquirido dejó de funcionar. La compra la hizo por $16.999.

Tras ver que no encendía se acercó al local comercial ubicado en el Portal de la Patagonia de la ciudad de Neuquén. Ahí le informaron que tenía que hacer el reclamo a la empresa que fabricó la computadora porque estaba en garantía.

Luego se la recibieron en el servicio técnico. Vía telefónica le informaron que el disco duro se encontraba trabado y que toda la información que existía en el mismo se había perdido. También le confirmaron que presentaba falla de fábrica. Unos 30 días después volvió a comunicarse con el servicio técnico y desde ese momento ya no obtuvo respuesta alguna.

Dos meses después de la compra desde el comercio le enviaron un mail informándole que iban a pagarle la suma de 16.569 pesos, pero la clienta no aceptó la oferta ya que el monto no solo era menor al que ella abonó, sino que el producto ya había aumentado.

La actitud de las demandadas no respondió acabadamente el reclamo del consumidor y ello no puede pasar inadvertido. La actora se vio obligada a concurrir a un proceso judicial y no obtuvo una respuesta que de forma oportuna y concreta solucionara el reclamo, por lo que considero que en el caso la conducta ha sido manifiestamente ofensiva. En consecuencia, considero procedente la aplicación del artículo 52 de la Ley 24.240, que prevé la figura del daño punitivo”, puntualizó la jueza de paz Gabriela Lapuente en su sentencia.


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