Confirmaron los procesamientos de los albatros por el homicidio de Rafael Nahuel

Así lo resolvió la Cámara Federal de Apelaciones de Roca, en una sentencia que desestimó los recursos de las defensas de los imputados y de los querellantes.

Los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Roca, Orlando Coscia y Alejandro Cabral, desestimaron los recursos presentados por las defensas de los albatros imputados en el homicidio del joven mapuche Rafael Nahuel y de los querellantes. El tribunal confirmó la sentencia del juez federal subrogante de Bariloche, Gustavo Zapata.

En consecuencia sigue en pie el procesamiento -sin prisión preventiva- del integrante de la Agrupación Albatros de la Prefectura Sergio Cavia como autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el uso de armas de fuego, cometido con exceso en la legítima defensa.

También, sigue firme el procesamiento -sin prisión preventiva- que Zapata dictó contra los albatros Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio Damián García como “partícipes necesarios” por el mismo delito.

El homicidio de Nahuel ocurrió la tarde del 25 de noviembre de 2017 en Villa Mascardi, distante a unos 35 kilómetros al sur de Bariloche. Ocurrió en un sector de la montaña, alejado de la ruta nacional 40 Sur.

Personas que se identificaron como miembros de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu habían tomado a principios de noviembre de 2017 tierras de Parques Nacionales en ese lugar como un acto de recuperación territorial. Allí, comenzó el conflicto que persiste hasta la fecha.

Los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de Roca dictaron la sentencia el 6 de julio pasado tras escuchar a las partes en una audiencia que se hizo por videoconferencia. El resultado de la audiencia se plasmó en una resolución que se publicó estos días.

Con la sentencia del tribunal de Roca queda en pie la teoría del juez subrogante de Bariloche y de la fiscal federal de esta ciudad Sylvia Little que sostiene que hubo un enfrentamiento esa tarde en la montaña, entre los albatros procesados y un grupo de personas vinculadas a la comunidad mapuche Lof Lafken Winkul Mapu. Nahuel recibió un tiro por la espalda. Y a raíz de las graves lesiones que sufrió, el joven murió. Tenía 22 años.

Los abogados querellantes habían apelado la calificación legal atribuida por Zapata en el procesamiento contra los cinco albratros en la sentencia que dictó el 16 de junio pasado. Para los querellantes se trató de un homicidio agravado. Por eso, rechazan que haya sido calificado como homicidio agravado por el uso de armas de fuego, pero cometido con exceso en la legítima defensa.

Sin embargo, el tribunal de Roca no admitió los recursos de los abogados Manuel Mansilla, en representación de los padres de la víctima, Sebastián Feudal por la APDH y de Mariano Przybylski, en representación de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Todos intervienen como querellantes en la causa. También rechazó las apelaciones de los defensores particulares de los albatros que habían solicitado que se revocara el fallo de Zapata.

Los padres de Rafael Nahuel son querellantes en la causa, junto con la ADPH Bariloche y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. (Foto Archivo)

Pericia clave

El juez federal subrogante de Bariloche valoró para dictar los procesamientos el informe del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) del Ministerio Público de Salta, que concluyó que la bala calibre 9 milímetros que mató al joven mapuche salió del arma de Cavia.

Para Zapata esa pericia fue superadora a las dos anteriores que había en el expediente y que habían arrojado resultados contrapuestos. Además, destacó que la pericia fue controlada por todas las partes y nadie la objetó.

En cambio, los peritos oficiales Roberto Nigris y Karina Uribe habían determinado en 2018 que la bala letal había salido del subfusil MP5 asignado a Pintos, que estuvo durante casi tres años señalado como el presunto autor del homicidio de Nahuel. Mientras que peritos de Gendarmería había advertido que la bala que mató al joven mapuche no correspondía ni al arma de Pintos ni al subfusil MP5 que Obregón portaba esa jornada del 25 de noviembre de 2017.

Zapata sostuvo la hipótesis del enfrentamiento con la sentencia firme que se dictó mediados de marzo de 2019 que condenó a Fausto Jones Huala (hermano de Facundo Jones Huala preso en Chile), quien reconoció su responsabilidad.

“El joven fue condenado mediante el procedimiento de juicio abreviado, en orden al delito de atentado a la autoridad agravado por haberse cometido con armas, a la pena de 6 meses de prisión en suspenso”, recordó Zapata en su fallo.

Zapata tuvo en cuenta los informes de los estudios que detectaron residuos compatibles con disparos de arma de fuego en las manos de Fausto Jones Huala, Lautaro González y Nahuel. Los dos primeros fueron los que auxiliaron a Nahuel cuando recibió el disparo y lo bajaron de la montaña hasta la ruta 40 para que recibiera atención médica.

Pero el juez advirtió que aun cuando “Cavia generó el resultado final, ello no era posible sin el comportamiento del grupo entero, es decir de él mismo y de sus consortes de causa Pintos, Sosa, Obregón y García”. “Con ello quiero significar que el evento no debe leerse individualmente: no era sólo Cavia quien disparaba, sino también sus consortes de causa, quienes lo ayudaron esencialmente a través de esos disparos a concretar el resultado que hoy se le imputa en carácter de autor al primero”, observó.

“Todos se cuidaron entre sí efectuando disparos en una situación que definieron como “de apoyo” y que terminaron desarrollando con desmesura. Existe convergencia intencional y espacio temporal en el hecho: Pintos, Obregón, Sosa y García contribuyeron al homicidio porque lo ayudaron al ataque y su responsabilidad final debe dilucidarse en el juicio”, afirmó Zapata.

Las preguntas de Cabral

Justamente, Cabral sostuvo en el fallo reciente que confirmó los procesamientos de los albatros, que “todas las cuestiones planteadas por las apelaciones deben ser evaluadas en un juicio amplio, donde su pueda visualizar más acabadamente cómo sucedieron los hechos -más aún existiendo dos versiones que se contraponen entre sí-…”

Aunque hizo algunas reflexiones en la sentencia: “Me pregunto ¿con qué tipo de armamento se concurrió al lugar y qué medios de defensa se le dieron al personal que se le encomendó la tarea concreta de custodiar el predio?»

«Hoy debemos lamentar una muerte, pero esta se podría haber evitado si al personal allí apostado se le hubieran dado los elementos y materiales no letales, para repeler una agresión, como así también los de defensa necesarios para estar en dicho lugar”, planteó Cabral.

“¿Cómo se organizó el procedimiento? ¿Quiénes eran los responsables de implementarlo? ¿Qué armas de defensa -no letales- le fueron provistas al personal allí apostado para repeler cualquier agresión? ¿Por qué se enviaron agentes provistos con armas letales para un procedimiento que era más del tipo anti-disturbios? ¿Cuál fue la logística de este operativo? ¿El personal enviado a este procedimiento se encontraba suficientemente preparado para participar en un procedimiento en plena montaña?”, se preguntó Cabral.

“Estas y otras cuestiones relativas a la organización del procedimiento y a la capacidad del grupo para estar en dicho procedimiento, deben estar perfectamente claras, pues de lo contrario esta investigación es absolutamente sesgada y recae sobre el personal de menor rango, que no tiene poder de decisión alguna al respecto”, advirtió el juez.

“Por tal razón, sugiero que todas estas cuestiones se intenten dilucidar antes de elevarse la causa a juicio, de manera tal que se pueda llevar adelante un juicio justo”, propuso Cabral. Aunque varias de esas preguntas se respondieron en el fallo de Zapata.

A los cinco albatros procesados les queda la opción de recurrir a la Cámara Federal de Casación Penal para tratar de revocar los procesamientos.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios