Construir la práctica constitucional, un desafío

El XIII Encuentro de Jóvenes Docentes de Derecho Constitucional en Bariloche abordó temas como el proyecto de ampliar la Corte, la enseñanza del Derecho y la claridad de los fallos, entre otros.

Redacción

Por Redacción

Por Federico Ambroggio*

La Constitución forma parte del debate público en la República Argentina desde sus orígenes. Desde la Asamblea del año XIII, donde se pretendió -sin éxito- declarar la independencia y establecer una Constitución Nacional, pasando por las fallidas de 1819 y 1826, el “federalismo pragmático” de Rosas hasta la sanción de la Constitución Federal de 1853/60, luego de la victoria de Urquiza en Caseros.

También, ya en el siglo XX, debemos recordar los debates en torno a la reforma constitucional de 1957 que condensó en un único articulo -el 14 bis-, los derechos del trabajador y algunos postulados del constitucionalismo social.

Dichos derechos sociales y un activo rol del Estado en la economía, habían sido incorporados con mayor extensión y desarrollo en la Constitución de 1949, pero esta fue derogada ilegalmente por la Proclama del 27 de abril de 1956, firmada por el dictador Pedro Eugenio Aramburu. En tal sentido, debemos señalar que el debate sobre la Constitución en el Siglo XX ya no oscilo entre que modelo constitucional a adoptar, sino que transcurrió entre quienes respetaban el Estado de Derecho constitucional y quienes vejaron la letra y el espíritu de la Constitución, imponiendo gobiernos de facto a través de sendos golpes de Estado. Estos gobiernos no constitucionales además de transgredir los mecanismos democráticos de acceso al poder, impusieron severas restricciones a los derechos civiles, políticos, sociales y económicos de las personas. Estas violaciones a los derechos humanos llegaron a su máxima expresión en la última dictadura cívico-militar de 1976-1983, que utilizó el terrorismo de Estado como una práctica política, a través de un plan sistemático de tortura, genocidio y desaparición de decenas de miles de personas.

Golpes de Estado

Las múltiples interrupciones democráticas y los aberrantes crímenes de lesa humanidad, fueron algunas de las causas que motivaron la reforma de la Constitución Nacional en 1994.

Así, los constituyentes dotaron de jerarquía constitucional a once tratados y pactos internacionales de Derechos Humanos, generando un sólido esquema normativo de protección a los derechos fundamentales.

Incorporaron en el artículo 36 de la CN, el derecho a la resistencia, la insanable nulidad de los actos de fuerza contra el orden institucional y establecieron la imprescriptibilidad de los delitos cometidos por los usurpadores del poder.

También reformó diversos aspectos institucionales relacionados con el Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial, constitucionalizó los partidos políticos e incluyó nuevos derechos y garantías, como los derechos ambientales, los derechos del consumidor y la acción de amparo en sus diversas modalidades, entre otras modificaciones.

Este breve relato sobre la historia constitucional argentina nos ratifica la importancia y centralidad de la Constitución, no solo en su faceta estrictamente jurídica, sino también como la “carta de navegación” política y moral de nuestro país. Empero, afirmar la relevancia de la Constitución y afirmar el mayoritario consenso acerca de esa relevancia, no implica extraerla de los inevitables y necesarios debates acerca de su interpretación y su aplicación práctica.

Pues, como afirmaba el ilustre Carlos Santiago Nino, con la analogía de la construcción de una catedral en un extenso lapso temporal- o Dworkin, con la metáfora de la novela inacabada y escrita por varios autores-, la Constitución es producto de un proceso de interacción y racionalidad colectiva que se desarrolla en el tiempo. Ello implica que la práctica constitucional se construye paulatinamente con una heterogeneidad de miradas y paradigmas que podrán incorporar sus propias ideas e interpretaciones, pero que no pueden desentenderse no solo de lo ya construido en el pasado, sino tampoco de lo que otros “arquitectos” construyen al mismo tiempo con diferentes ideas. Tampoco abstraerse del impacto y la trascendencia de sus acciones hacia el futuro.

En ese sentido, resulta sumamente importante que quienes tenemos el rol de enseñar (y aprender) el Derecho Constitucional en las Universidades, establezcamos espacios de diálogo e intercambio de ideas.

En ese marco, seguro existirán distintas perspectivas de interpretación constitucional e incluso diversas perspectivas ideológicas frente a la función del Derecho en la sociedad. Algunos de esos contrapuntos podrán ser conciliados durante el intercambio de argumentos, pero lo verdaderamente importante es que aun cuando nos separen profundos desacuerdos, prime el respeto y la comprensión del otro en su mejor luz.

Solo así podremos convertirnos en mejores docentes, transmitiendo nuestra propia visión del Derecho Constitucional pero también las visiones opuestas.

Agenda pública

Pues, con esa lógica, cuando esos desacuerdos sean parte de la agenda pública, estaremos preparados para incentivar a la sociedad para que esos disensos sean resueltos pacíficamente y con los mecanismos establecidos para la deliberación democrática, apelando a la regla de la mayoría pero sin soslayar ni anular los derechos de las minorías potencialmente involucradas. Sin embargo, ello no implicará resignar la pretensión de proponer argumentos a la comunidad jurídica para que asuma nuestra opinión y nuestra cosmovisión del derecho en relación con un determinado tema. Pero, esa legitimidad para fomentar una determinada interpretación del derecho o de la realidad, ya no solo provendrá de un argumento de autoridad -nuestra formación especializada y de “cuánto” sabemos sobre Derecho Constitucional -, sino también de nuestras practicas dialógicas con pares y alumnos, es decir “como” construimos ese conocimiento.

Este espíritu es el que se intento plasmar en el XIII Encuentro de Jóvenes Docentes de Derecho Constitucional desarrollado en el pasado octubre en la ciudad de San Carlos de Bariloche, organizado por la Asociación Argentina de Derecho Constitucional y coorganizado por la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Comahue y la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado dependiente de la Fiscalía de Estado de Río Negro.

Asistieron jóvenes de más de 20 universidades públicas y privadas de todo el país, además de ciento cincuenta asistentes presenciales y virtuales.

Actividades y debates

En dos intensas jornadas de trabajo se debatieron temas de profunda actualidad en cinco paneles temáticos integrados totalmente por jóvenes:

Panel 1: Derecho Constitucional y Acceso a la Justicia. Desafíos para el Siglo XXI; Panel 2: El Control de Constitucionalidad y las Cuestiones Políticas No Justiciables; Panel 3: Género y Derecho. Perspectivas Constitucionales; Panel 4: Reformas al Poder Judicial, Independencia Judicial y Procesos de Selección De Magistrados y el Panel 5: Libertad de Expresión y Derecho a la Intimidad. Debates y Desafíos en la era de las redes sociales. Asimismo, jóvenes graduados y estudiantes de derecho pudieron participar en los debates a través de sus respectivas ponencias.

Por otra parte, se desarrollaron dos actividades en forma paralela a los paneles, una Mesa Redonda: sobre el tema “Tribunales nacionales e internacionales. tensiones y conciliaciones en una relación necesariamente incomoda” integrada por los profesores Sergio Barotto, Lorena González Tocci e Ignacio Colombo Murúa.

El encuentro finalizó con la Conferencia Magistral “El precedente judicial. Dos perspectivas.” a cargo del profesor Dr. Carlos Fernando Rosenkrantz, vicepresidente de la Corte Suprema.

Como colofón, a la par de destacar la relevancia académica y social del evento, no podemos dejar de expresar nuestro beneplácito por estas actividades científicas de alcance nacional en la Patagonia. Pues nuestra región ha sido generalmente relegada en este tipo de ámbitos de discusión, por lo que debemos abogar para seguir promoviendo nuestra integración a esos espacios, en clave profundamente federal.

*Abogado – Profesor Adjunto Regular de Derecho Constitucional (Fadecs- UNCo)


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