Desalojarán el puerto San Carlos en Bariloche

El STJ confirmó la medida al desestimar un recurso de apelación de los concesionarios.

Redacción

Por Redacción

BARILOCHE

BARILOCHE (AB).- El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro desestimó el recurso de apelación que interpuso la apoderada legal del grupo Emprendimientos Bariloche SA y, en consecuencia, confirmó el fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de esta ciudad que ordenó el desalojo de la empresa del puerto San Carlos y su restitución a la municipalidad.

En cambio, el máximo tribunal rionegrino hizo lugar al recurso que presentó la apoderada legal del municipio y revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 5 de la ley provincial 2629, que la Cámara de Apelaciones local había resuelto en la sentencia impugnada.

El artículo que la Cámara había declarado inconstitucional es el que indica al juez los plazos para cumplir con la orden de lanzamiento, tras producido el descargo correspondiente al pedido de desocupación del inmueble propiedad del Estado, “contra la cual no procederá la interposición de recurso alguno”.

Los jueces del STJ Ricardo Apcarián, Liliana Piccinini y Adriana Zaratiegui votaron por desestimar la apelación del grupo empresario contra la orden de desalojo y revocar la declaración de insconstitucionalidad. Mientras que los jueces Sergio Barotto y Enrique Mansilla se abstuvieron.

La sentencia del STJ se publicó en la página web del Poder Judicial de la provincia.

La intendenta María Eugenia Martini anunció en abril de 2013 la recuperación del Puerto San Carlos. En ese momento, Martini estaba al frente del municipio de manera interina. Argumentó incumplimientos por parte de Emprendimientos Bariloche SA, que los empresarios negaron.

El municipio planteó en la demanda judicial que Emprendimientos Bariloche SA acumuló una deuda de 2,5 millones de pesos sólo en concepto de canon. Además la comuna apuntó a la falta de mantenimiento y obras en la infraestructura.

A principios de julio pasado, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial hizo lugar al pedido del municipio y ordenó el desalojo del grupo empresario del puerto San Carlos. El fallo fue apelado y por eso llegó al STJ.

El municipio advirtió en la demanda que se había vencido el plazo que fija la Resolución 833-I-2013 para la restitución del puerto y le revocó por incumplimiento la concesión del complejo. Por eso, pidió el desalojo.

La Procuradora del Poder Judicial, Silvia Baquero Lazcano, se había pronunciado por rechazar las apelaciones del grupo empresario y del municipio.

El STJ advirtió en la sentencia que en el ámbito contencioso administrativo continuará el debate sobre el fondo del asunto que pasa por “analizar si los actos administrativos en especial la Resolución 833-I-2013 – aquí cuestionados se ajustan a derecho y reúnen los recaudos propios del actuar administrativo para desalojar a la empresa concesionaria”.


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