Dictan la prisión por balear a una mujer

La justicia los consideró a dos personas como coautores del delito de “robo calificado” y “homicidio”, ambos en grado de tentativa.

Redacción

Por Redacción

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Rodolfo “Fito” Rainqueo y Gustavo “Tato” Collomilla fueron procesados con prisión preventiva por las gravísimas lesiones que sufrió una joven madre al recibir un disparo en la frente que la puso al borde de la muerte.

Ambos fueron considerados coautores del delito de “robo calificado por haber sido cometido con el uso de arma de fuego, en grado de tentativa y homicidio en grado de tentativa agravado por el uso de arma de fuego, en concurso ideal”. Además continuarán alojados en el Penal N°1.

En la resolución, el juez Carlos Mussi requirió a la Regional Primera tomar los recaudos necesarios para brindar la debida protección a los testigos de la causa.

Este hecho ocurrió en la madrugada del 19 de julio pasado en un baldío aledaño a un local nocturno de la calle Caseros, entre México y Guatemala. El juez atribuyó a los dos imputados haber intentado apoderarse ilegítimamente de los bienes de Roberto Pallalef y Soledad Martinez luego de permanecer todos en el interior del boliche e “invitarlos a salir bajo la excusa de tomar algo. En el baldío, Rainqueo les habría exigido que le entreguen , mientras que Collomilla sostenía del brazo a Pallalef, a lo que éste les manifestó que no tenían nada, ante lo cual Rainqueo sacó un arma de fuego con tambor tipo revolver que llevaba entre sus prendas. Con finalidad de darle muerte a Soledad Martinez le habría disparado desde una corta distancia, aproximadamente un metro y medio”.

En la resolución se detalló que la bala ingresó en región frontal izquierda provocando pérdida de masa encefálica y una gravísima lesión que dejó a la mujer durante varios días en estado de coma.

Tras señalar que Rainqueo “no logró su cometido por razones ajenas a su voluntad, en función de la pronta intervención médica”, Mussi puntualizó que además de los testimonios recibidos y las pruebas tuvo en cuenta las imágenes captadas por las cámaras del 911 que “pudieron registrar la salida de Martínez junto con Pallalef, quienes se paran un instante frente al local para luego salir en compañía de otra persona para el baldío que se encuentra pegado al local nocturno y en dirección a Guatemala”.

Agregó que además de la pareja también ingresaron al baldío tres personas más, destacando que un testigo de gran relevancia y Pallalef pudieron ser identificados en la filmación, como también los imputados. “A partir del informe de la prevención se pudo confirmar a cada una de esas personas que acompañaron a la víctima junto a su pareja Pallalef para el baldío que por la existencia de un paredón no se pudo ver el momento que le dispararon a Martínez”, señaló la resolución firmada por Mussi.

Remarcó también un testimonio relevante con el cual se logró graficar el hecho y ratificar la autoría de Rainqueo y la participación de Collomilla.

El Juez consignó que tanto la pareja víctima como testigos e imputados “se conocen del barrio o por haber estado imputados en algunas causas” y que en la tarde del día anterior del hecho “Soledad Martínez le había prestado 300 pesos a Rainqueo”.

Para Mussi “la condición de ser conocidos y haber estado vinculados en algunos procesos judiciales evidencia una complicación extra al momento de brindar información para la investigación. Nótese que Pallalef espontáneamente nunca manifestó que Collomilla haya estado en el lugar, sino que lo hace después que ya se encontraban incorporados otros elementos de prueba que señalaban la presencia del imputado en el lugar”.

Respecto del motivo del ataque “quedó acreditado que fue apropiarse de los bienes que tenían la pareja Pallalef-Martinez, bajo la premisa de suponer que ambos tenían efectivo en su poder, lo que no se logró consumar por la resistencia que prestaron al accionar de Rainqueo”, sostuvo.

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