Adelantan el pago a jubilados y pensionados y bono de $6.000 por un paro bancario

Anses modificó el cronograma de pagos de hoy por una medida de fuerza de la Asociación Bancaria. Rige para algunas terminaciones de DNI que cobran hasta un haber mínimo.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informó que los jubilados, pensionados y beneficiarios del primer bono extraordinario de $6.000 percibirán las sumas este miércoles con motivo del paro bancario previsto para mañana jueves.

Cabe recordar que en pleno desarrollo de su negociación paritaria, la Asociación Bancaria anunció un paro general para el jueves 28 de abril por considerar “una propuesta insuficiente” la oferta de los bancos y “dilatar de esta manera el acuerdo salarial”.

El organismo previsional precisó que el cronograma nuevo es para aquellos jubilados y pensionados que perciben haberes superiores a $36.676 cuyos DNI finalicen con los números 4, 5 y 6. En tanto que también se efectuará el pago del bono de $6.000 correspondiente al mes de abril para los beneficiarios con DNI terminados en 7 y 8.

Se trata de un ingreso extra para jubilados y pensionados que cobran ingresos de hasta un haber mínimo, equivalente a $32.630. En tanto, los que tienen ingresos entre $32.630 y $38.630 recibirán la diferencia hasta completar ese monto.

El Gobierno formalizó hoy el otorgamiento de un bono extraordinario de $ 12.000 a jubilados y pensionados que perciban hasta dos haberes mínimos a partir de mayo próximo, a través del decreto 215/2022 publicado hoy en el Boletín Oficial.

Se trata de la medida anunciada el 18 de abril último, cuando también se anticipó la entrega de bonos extraordinarios de $ 18.000 a trabajadores informales, monotributistas de categorías A y B y trabajadores de casas particulares de entre 18 y 65 años.

El decreto de hoy determinó que este subsidio será para los beneficiarios y las beneficiarias de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

Además, dispuso que se otorgará sólo a aquellos y aquellas titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes perciban un monto equivalente de hasta $ 65.260,80.

Asimismo, para aquellos y aquellas titulares que por la suma de todas sus prestaciones vigentes perciban un importe superior a $ 65.260,80; el subsidio extraordinario será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar $ 77.260,80. Para percibirlo, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación.

En el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos o estas deberán ser considerados o consideradas como un único o una única titular a los fines del derecho al subsidio extraordinario que se otorga.

El subsidio extraordinario no alcanza a los Regímenes de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Policiales o del Servicio Penitenciario de las Provincias cuyos sistemas de previsión fueron transferidos al Estado Nacional, cuando fuere su único beneficio. Tampoco será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.


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