Feria fiscal de invierno: qué cambia para los contribuyentes y por qué los impuestos no se toman vacaciones
ARCA anunció que feria fiscal de invierno tendrá lugar desde el 13 al 24 de julio. Aunque durante ese período se suspenden determinados plazos administrativos, las declaraciones juradas y los pagos continúan venciendo con normalidad.
Por Alejandra Fonovich (Larrondo, Tonelli & Asoc.)
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso la suspensión de determinados plazos administrativos entre el 13 y el 24 de julio. No obstante, las obligaciones tributarias continúan vigentes y deben cumplirse en las fechas establecidas.
La medida fue formalizada mediante la Resolución General 5863 y será aplicable en todas las dependencias del organismo del país. La feria fiscal coincide con el receso judicial invernal y tiene como objetivo armonizar los procedimientos administrativos con la actividad de los tribunales.
Sin embargo, lejos de representar una pausa general en la actividad tributaria, la “feria fiscal” es una suspensión parcial que alcanza exclusivamente a determinados plazos procedimentales.
Un beneficio pensado para los procedimientos administrativos
La feria tiene su origen en la necesidad de garantizar el adecuado ejercicio del derecho de defensa de los contribuyentes durante períodos en los que gran parte de la actividad judicial se encuentra reducida.
Por esa razón, durante los días alcanzados por la feria no se computan determinados plazos administrativos vinculados con actuaciones en trámite ante ARCA. Esto incluye, entre otros casos, requerimientos, intimaciones, citaciones y diversas actuaciones que exigen una respuesta formal por parte de los contribuyentes.
Dato
- 5863
- La Resolución General de ARCA que establece la Feria Fiscal de Invierno entre el 13 y el 24 de Julio de 2026.
En términos prácticos, si una empresa recibe una notificación durante la feria, el plazo para responder comenzará a contarse una vez finalizado el período de suspensión. Se evita así que los días comprendidos dentro del receso perjudiquen las posibilidades de defensa o cumplimiento.
La medida también alcanza a procedimientos de fiscalización y otras actuaciones.
No obstante, la normativa prevé excepciones. Cuando existan razones fundadas, ARCA puede habilitar días y horas para la realización de trámites considerados urgentes.
Las obligaciones tributarias siguen vigentes
Muchas personas asocian la feria fiscal con una suspensión general de las obligaciones impositivas.
Sin embargo, la normativa establece expresamente que la medida no afecta los vencimientos de declaraciones juradas ni los pagos de impuestos.
Significa que los contribuyentes deben presentar y abonar sus obligaciones en las fechas previstas, aun cuando determinados plazos administrativos se encuentren suspendidos.
La medida alcanza a empresas, trabajadores independientes, responsables inscriptos, monotributistas y demás sujetos obligados.
También continúan vigentes los vencimientos vinculados con anticipos, planes de facilidades de pago y otras obligaciones tributarias periódicas.
En otras palabras, la recaudación no entra en receso.
Pese a la Feria Fiscal, continúan vigentes los vencimientos vinculados con anticipos, planes de facilidades de pago y otras obligaciones tributarias periódicas. En otras palabras, la recaudación no entra en receso.
La feria fiscal constituye una herramienta importante para ordenar los procedimientos y garantizar derechos de los contribuyentes, pero no modifica el calendario tributario.
Comprender esa diferencia resulta fundamental para evitar incumplimientos, intereses o sanciones derivados de una interpretación equivocada de una medida que, año tras año, sigue generando las mismas dudas.

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