Inocencia fiscal: la recomendación de Luis Caputo a ahorristas que denuncian trabas para depositar dólares
El ministro de Economía cuestionó las exigencias burocráticas de algunas entidades.
El ministro de Economía, Luis Caputo, intervino este sábado en la polémica generada en redes sociales por las dificultades que reportaron algunos usuarios para depositar sus dólares bajo el nuevo régimen de Inocencia Fiscal. Ante las quejas, el funcionario lanzó una recomendación directa a los ahorristas: llevar los dólares al Banco Nación.
A través de su cuenta en la red social X, el titular del Palacio de Hacienda fue contundente respecto a los reparos que estarían poniendo algunos bancos. «Si en sus bancos les piden cosas de más (léase, romper las p…), no pierdan su tiempo. Pueden ir al Banco Nación, donde su presidente dará la instrucción de cumplir estrictamente con la ley», disparó Caputo.
El mensaje del ministro busca agilizar el ingreso de divisas al sistema financiero y aseguró que la operatoria en la banca pública no debería tener fricciones: «Depositan sus dólares en el banco y pueden disponer de los mismos inmediatamente, para realizar el consumo que quieran o para ahorrar ganando un interés, como en cualquier lugar del mundo».
La respuesta institucional no tardó en llegar. Poco después del posteo de Caputo, desde el Banco Nación aseguraron que la entidad «está preparada para satisfacer la demanda de sus clientes» y alinearse con la normativa vigente para facilitar el blanqueo y uso de activos.
De acuerdo a la Ley de Inocencia Fiscal recientemente aprobada, el Banco Nación, a través de sus más de 700 sucursales y canales digitales, está preparado para satisfacer la demanda de sus clientes y de toda aquella persona interesada a la hora de hacer consultas o solicitar… https://t.co/JzRlUs06Xc
— Prensa BNA (@prensabna) December 27, 2025
El plan para los «dólares en el colchón»: las claves para entender la ley de inocencia fiscal
Según lo explicado por el Ejecutivo, la norma activa cambios en el Régimen Penal Tributario (Ley 24.769), la Ley de Procedimientos Fiscales (Ley 11.683) y el Código Civil y Comercial de la Nación. Además busca crear también un Régimen de Declaración Jurada Simplificada con el fin de redefinir el tratamiento penal y administrativo de las infracciones tributarias.
Si bien se vincula la propuesta con la declaración de los llamados «dólares en el colchón», el proyecto en sí no incorpora un régimen de blanqueo de capitales ni altera la estructura del impuesto. Sin embargo el Gobierno remarcó en la discusión pública que tiene como objetivo que los argentinos utilicen sus ahorros sin riesgo de ser perseguidos por el fisco.
Para poder entender el alcance de la iniciativa, se pueden remarcar los siguientes puntos claves, según destacaron desde Infobae:
- Principio de Inocencia Fiscal: La norma establece que no se puede considerar a los contribuyentes como incumplidres, salvo que surgan pruebas que lo demuestren. Con esta ley aprobada, la administración tributaria no podrá asumir automáticamente la existencia de maniobras evasivas y deberá centrar sus controles y denuncias penales en situaciones donde existan pruebas claras de incumplimientos o conductas dolosas.
- Cambios en el régimen penal tributario: ajusta los valores a partir de los cuales una infracción deja de ser administrativa y pasa a tener consecuencias penales. Se mantiene la posibilidad de evitar la denuncia penal si el contribuyente regulariza la deuda y los intereses antes de la presentación de la denuncia, pero remarca que este mecanismo podrá utilizarse solo una vez por persona. No se avanzará en la vía penal si no se comprueba la intención de evadir.
- Extinción de la acción penal y prescripción de facultades: Se dispone que la acción penal quedará extinguida cuando prescriban las facultades del fisco para determinar o exigir el tributo. De este modo si el Estado ya no puede reclamar la deuda por vía administrativa, tampoco podrá continuar con acciones penales. También se excluye la opción de cerrar causas penales tributarias mediante acuerdos de conciliación o reparación integral.
- Penas y figuras penales específicas: Fija penas de prisión de entre dos y seis años para quienes simulen la cancelación total o parcial de impuestos o aportes al sistema de seguridad social con documentación falsa, declaraciones incorrectas o maniobras engañosas.
- Ajuste anual de montos y publicación de importes vigentes: Todos los valores previstos en el régimen penal tributario y en el simplificado se actualizarán una vez por año a partir del 1 de enero de 2027, en función de la variación de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA). La administración tributaria deberá publicar cada año los nuevos importes.
- Reformas en procedimientos y plazos de prescripción: se modifica el régimen de multas por incumplimientos formales y redefine los plazos de prescripción. Para quienes cumplen regularmente, el plazo general pasa a ser de tres años. Para los no inscriptos, ese plazo se mantiene en diez años. También se elimina la suspensión automática de la prescripción con el inicio de una determinación de oficio.
- Reducción de multas administrativas para personas humanas y pymes: se reducirán las multas administrativas para personas físicas y pequeñas y medianas empresas, con descuentos de hasta el 90%, siempre que no se trate de contribuyentes de gran tamaño.
- Régimen opcional de declaración jurada simplificada de Ganancias: Se establece un mecanismo opcional de declaración simplificada del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas que tengan ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones.
- Impacto sobre los “dólares del colchón” y ausencia de blanqueo de capitales: como ya se explicó, el proyecto no incorpora un régimen específico de exteriorización de bienes ni introduce cambios en el Impuesto a las Ganancias por lo tanto el efecto sobre los “dólares del colchón” sería indirecto. Según un informe compartido por el sitio Infobae, al eliminar la obligación de declarar la evolución patrimonial en el régimen simplificado y restringir el uso de presunciones automáticas, se reduce el riesgo de fiscalizaciones por incrementos patrimoniales sin justificación.
- Modernización de la administración tributaria: El éxito de la reforma dependerá de la modernización y la incorporación de tecnología por parte del organismo recaudador.
Comentarios