Prepagas: por qué no me redujeron el aumento de febrero si hice el trámite

Algunos usuarios de medicina prepaga solicitaron que en febrero no se les aplique a las cuotas la totalidad del aumento autorizado. Sin embargo, en sus resúmenes tal reducción no ha impactado aún. El posible motivo.

Desde febrero de este año, todos los meses habrá aumentos en las cuotas de la medicina prepaga. Los mismos serán automáticos y se calcularán en base al Índice de Costos de Salud. Para el segundo mes del año la suba es del 8,21%, aunque algunos usuarios tuvieron la posibilidad solicitar a la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud) que el aumento sea del 4,91%, o sea de casi la mitad, y completaron para ello una declaración jurada online.

Sin embargo, algunos usuarios que completaron el trámite antes del 20 de enero pasado (fecha límite) para reducir el aumento de febrero, no vieron reflejado tal recorte en sus resúmenes de este mes. Es decir, tuvieron un aumento del 8,21% en su cuota. ¿A qué se debe?

Según informan desde algunas empresas de medicina prepaga, la Superintendencia de Servicios de Salud les envió la información de los usuarios que completaron en enero el formulario online en una fecha posterior a la de la liquidación de las cuotas correspondientes a febrero. Por tanto, no pudieron aplicar este mes el menor aumento establecido (4,91%) y, en cambio, calcularon las cuotas con el aumento íntegro autorizado (8,21%).

La resolución del inconveniente es desventajosa para los usuarios, pues las devoluciones se hacen con un mes de rezago y tendrán una pérdida de valor real por la elevada inflación.

Sin embargo, en caso de corresponderles el menor aumento en febrero, las empresas devolverán a los usuarios la diferencia entre tales porcentajes en el mes de marzo. Por tanto, en el resumen de marzo se verá reflejado el aumento total de la cuota correspondiente a ese mes, y la devolución de febrero en caso de que la solicitud resulte procedente. En el resumen de abril se verá el incremento íntegro de ese mes y la devolución de marzo, y así sucesivamente.

La resolución del inconveniente es desventajosa para los usuarios, pues las devoluciones se hacen con un mes de rezago y, al carecer de un mecanismo de ajuste, tendrán una pérdida de valor real por la elevada inflación.

Dato

$371.718
Es el ingreso que, como máximo, debe tener el grupo familiar del afiliado solicitante para poder solicitar una reducción en el porcentaje de aumento en la cuota de su prepaga.

Cabe recordar que, debido a que los aumentos pactados desde febrero serán mensuales y automáticos, este trámite deberá hacerse todos los meses para evitar la aplicación íntegra del aumento. Tanto autónomos como quienes hacen de manera obligatoria los aportes a obras sociales pueden acceder al aumento diferencial siempre y cuando los ingresos del grupo familiar sean menores a seis salarios mínimos vitales y móviles (SMVM), es decir menores a $371.718.


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