Se reglamentó el programa de trabajo “Puente al Empleo”
Permite incorporar registrar a beneficiarios de planes sociales. Incluye 100% de condonación en Contribuciones.
Por Cr. Gonzalo Gutierrez (Chinni. Seleme, Bugner y Asoc.)

El Decreto 551/2022 creó el programa “Puente al Empleo” con el objetivo de transformar a los planes sociales, programas educativos y de empleo en trabajo registrado del sector privado.
Se establece que los empleadores que contraten nuevos trabajadores que participen en programas sociales, educativos o de empleo, gozarán respecto de cada una de las nuevas incorporaciones, de una reducción de sus contribuciones patronales con destino a la seguridad social y de la posibilidad de considerar e imputar la asignación dineraria de dichos programas como pago a cuenta de la remuneración.
Cabe mencionar que la vigencia de los beneficios es por un plazo de 12 meses contados desde el inicio de la relación laboral.
Específicamente, el art. 3° del Decreto indica que el empleador, una vez que se acoja al Programa “PUENTE AL EMPLEO” deberá considerar e imputar la asignación dineraria de los programas sociales, educativos o de empleo que se continúe percibiendo, a cuenta del pago de la remuneración, en los términos y las condiciones que establezca la normativa complementaria al presente decreto.
Producida la discontinuidad (extinción) del contrato de trabajo, los trabajadores tendrán la posibilidad de continuar percibiendo las asignaciones dinerarias que brindan dichos programas, solo si el número de cotizaciones al Sistema de Seguridad Social por el tiempo que estuvieron en blanco no supera los doce meses.
El programa establece una reducción del 100 % de las contribuciones patronales correspondientes a los subsistemas de la seguridad social.
En caso que el período que estuvieron en blanco, declarados al Sistema de Seguridad Social, se encuentre entre los ocho y los doce meses, los trabajadores podrán optar entre la posibilidad de permanecer en el programa de origen o acceder a la prestación por desempleo.
Por su parte, el artículo 4 establece una reducción del 100 % de las contribuciones patronales correspondientes a los siguientes subsistemas de la seguridad social: Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA); Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley N° 19.032; Fondo Nacional de Empleo; Régimen de Asignaciones Familiares, que se liquidan en el formulario F.931 en el concepto 351-contribuciones de seguridad social.
No se incluyen en el beneficio los aportes del trabajador, ni las contribuciones por regímenes diferenciales y especiales de la seguridad social.
Si bien, a la fecha aun no se encuentra reglamentado por parte de la AFIP y organismos nacionales, provinciales y municipales, la entrada en vigencia es desde el 1° de octubre de 2022 y estará vigente por el plazo de dos años.

Aclara el decreto que se aplicará a las empresas privadas en el marco de las contrataciones de la Ley de Contrato de Trabajo, y también para los empleados de la Construcción (L. 22.250) y trabajadores del Régimen Agrario (L. 26.727).
La herramienta mediante la cual las empresas podrán acceder a contratar personal bajo estos supuestos es el “PORTAL EMPLEO” de la página del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (https://www.argentina.gob.ar/trabajo/fomentarempleo). Es decir, deberán inscribirse como empleadores, completar la documentación, y buscar los postulantes en la grilla.
De acuerdo a lo indicado en el art. 8°, quedarán excluidos del programa, los empleadores que se encuentren denunciados en el REPSAL (registro de empleadores con sanciones) o aquellos que incurran en prácticas abusivas para acceder a los beneficios.
En concreto, se observan las buenas intenciones de ir modificando el esquema social que hoy tiene incidencia en los sectores con menos recursos, pero por diferentes razones están sin empleo. Aunque, también será una buena oportunidad para que la normativa que reglamenta la entrega de planes sociales exija a cambio trabajar.
Dato
- 12
- Los meses que dura la relación laboral a través del nuevo programa del gobierno.
Por Cr. Gonzalo Gutierrez (Chinni. Seleme, Bugner y Asoc.)
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