El lunes empieza la inscripción para ser defensor del Pueblo de Bariloche

El Concejo Deliberante definió el cronograma con la idea de llegar a mediados de mayo con la designación. Se necesita del consenso para llegar a 8 votos.

El Concejo Municipal comenzará el próximo lunes 22 de febrero con las inscripciones para los interesados en la titularidad de la Defensoría del Pueblo de Bariloche por los próximos 4 años.

El organismo autárquico de Bariloche es definido por los concejales que deben llegar a un acuerdo y lograr 8 votos para imponer una figura, por eso el proceso se inicia con tiempo para llegar a mediados de mayo con una resolución, ante el cumplimiento del mandato de la actual defensora Beatriz Oñate.

La presidenta del Concejo, Natalia Almonacid, planteó hoy en comisión legislativa el cronograma previsto para el proceso de renovación de la Defensoría del Pueblo, que ya se había comenzado a hablar la semana pasada en reuniones informales.

Los postulantes podrán inscribirse a partir del lunes 22 y tienen plazo hasta el 19 de marzo, según el cronograma definido.

Los inscriptos deben presentar un proyecto para llevar adelante en el organismo autárquico que maneja un presupuesto mayor a los 20 millones de pesos y actualmente tiene más de una docena de personas contratadas.

Los postulantes tendrán la posibilidad de presentarse en la audiencia pública que se realizará el 31 de marzo y luego, entre el 5 y 6 de abril, se abrirá el período de impugnaciones, otorgando un plazo para defensa el 7 y 8 del mismo mes.

Una vez superadas estas instancias, los concejales iniciarán el debate de manera informal hasta llegar a un consenso para llevar a votación. Para ser designado defensor del Pueblo se necesitan dos tercios de los votos (8) y si no se logra esa mayoría en la primera votación se debe repetir el proceso hasta lograrlo.

En los últimos dos procesos de designación de defensor del Pueblo se evidenció un alto interés de participación con 30 inscriptos en 2013 y 21 en 2017.

Según reza la Carta Orgánica Municipal, la función es “defender y proteger los derechos, garantías e intereses, concretos y difusos, de los individuos y de la comunidad”. Sin embargo, el defensor solo puede establecer “recomendaciones” a diversos organismos municipales y su opinión es no vinculante.


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