El primer jurado intercultural de América

Días atrás tuvo lugar un histórico veredicto por primera vez en nuestro país y América. Luego del proceso judicial seguido a Relmu Ñamku –mujer autoridad originaria de la comunidad mapuche Winkul Newen–, su compañero Martín Maliqueo y Mauricio Rain, fueron declarados por un jurado intercultural como “no culpables” de los cargos que se les siguieran por tentativa de homicidio agravado y por lesiones graves contra la oficial de Justicia Verónica Pelayes, encontrando sólo una mera responsabilidad por daños simples a la camioneta desde la que se pretendía dirigir el desalojo de la comunidad. Durante el juicio que se desarrolló en Zapala, y al que tuvimos la oportunidad de acudir días pasados, quedó ampliamente demostrado a través de numerosos testigos y peritos que la comunidad mapuche Winkul Newen ha vivido ancestralmente en el paraje denominado Portezuelo Chico, ubicado en la zona centro de la provincia del Neuquén, a unos 50 kilómetros de la localidad de Zapala. Desde que las autoridades provinciales otorgaran, en forma totalmente inconsulta con la comunidad Winkul Newen, una concesión para extraer petróleo a la empresa petrolera Apache –hoy Yacimientos del Sur–, dicha empresa no dudó en instalar decenas de nuevos pozos dentro del territorio mapuche en una clara situación de atropello, sin proceder a la consulta ni al consentimiento libre, previo e informado que requieren la Constitución nacional, el Convenio 169 de la OIT y el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU, situación que generaría una reacción por parte de los integrantes de la comunidad que viene resistiendo durante más de diez años la expansión empresarial inconsulta. El 28 de diciembre de 2012 a las 16:30, horas antes de la feria judicial y en pleno entierro de una beba de la comunidad mapuche que había nacido con una malformación congénita, la jueza Ivonne San Martín, del Juzgado de Zapala, libró una orden de desalojo contra la comunidad de Winkul Newen, de la que los imputados son autoridades originarias. En pleno funeral de la beba de dos meses, hubo un importante despliegue de retroexcavadoras y camionetas pertenecientes a la empresa Apache, a escasos metros del alambrado que limita el ingreso a su comunidad, por lo que la comunidad en su conjunto decidió resistir al desalojo defendiéndose con lo que encontró a mano, en este caso particular se trató de piedras. En este contexto, la oficial de Justicia que se encontraba a cargo del procedimiento resultó herida con una piedra en el tabique, hecho que generó la causa judicial por tentativa de homicidio contra Relmu Ñamku y por el delito de daño agravado contra Martín Maliqueo y Mauricio Rain. Por el contrario, la Justicia neuquina fue indiferente a las denuncias previas realizadas por la comunidad en las que se denunciaba la golpiza propinada por una patota que habría sido enviada por la petrolera Apache, que se descargó contra una anciana, Petrona Maliqueo –pillan kuse o autoridad filosófica y espiritual de la comunidad–, contra una mujer embarazada que sufrió golpes en el rostro y en la zona abdominal y contra un menor de edad que recibió una herida de bala en una pierna. Estos hechos fueron denunciados pero no fueron investigados ni arrojaron resultado alguno, encontrándose a cargo de los mismos fiscales que han venido instruyendo esta causa por tentativa de homicidio contra Relmu Ñamku. El procedimiento de juicio por jurados interculturales, regulado en este caso por el nuevo Código Procesal Penal de la provincia de Neuquén, se inauguró en esta ocasión, siendo el primero en el país y el continente americano. Doce jurados fueron designados del padrón de quienes se identifican como indígenas, conforme lo establece el Censo Indígena y el Convenio 169 de la OIT. Este avance es interesante, aunque coincidimos con la lonco Auka Liwen, del Lof Pehuenche Kilapan, en que un verdadero juicio intercultural debería, además, respetar las dos culturas en igualdad de condición, y que se trate de un procedimiento donde tanto al juez como a los jurados se les permita incorporar argumentos del derecho consuetudinario indígena, aun cuando contradigan la normativa occidental. Tal como lo revelara la misma Relmu Ñamku, mujer claramente víctima de discriminación desde su lugar de mujer, madre de tres niños e injustamente imputada en este absurdo procedimiento: “Este juicio implica garantizar a las empresas extractivas su accionar, poniendo el aparato judicial a su disposición para que los pueblos originarios no seamos un impedimento en sus proyectos extractivos”. A su vez, cuando le tocó emitir su última palabra al werken Martín Maliqueo, simplemente se limitó a decir con gran emoción: “Le pido a la Justicia que nos pidan disculpas por este juicio”. (*) Senadora nacional

Magdalena Odarda (*)


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