El STJ confirmó dos procesamientos por corrupción de menores en Viedma

Nazario Contín y Omar Ledesma seguirán detenidos. El abogado de los acusados había pedido su libertad.

Río Negro

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VIEDMA (AV).- El Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó procesamientos por corrupción de menores de Nazario Contín y Omar Ledesma, quienes se encuentran detenidos. Los jueces del máximo organismo judicial de Río Negro consideraron mal concedido el recurso de casación, ratificando lo resuelto el 30 de setiembre del año pasado por la Sala B de la Cámara en lo Criminal de Viedma que rechazó la apelación de la defensa de ambos imputados y confirmó procesamiento y detención de los dos por el delito de “promoción de actos de corrupción sexual en concurso ideal con promoción de la prostitución de menores de 18 años”. El abogado Ovidio Castello, defensor de los dos imputados, planteó ante el STJ un recurso de casación contra esa confirmación por falta de fundamentación, entre otros argumentos, solicitando la nulidad de la resolución recurrida y la libertad de sus defendidos. El fallo del STJ firmado por los jueces Liliana Piccinini, Ricardo Apcarian, Sergio Baroto y Adriana Zaratiegui en abstención detalló que a Contín se le atribuyen cinco hechos ocurridos en el interior de su camioneta que estacionara en zonas descampadas en inmediaciones del polo industrial de Viedma o de la estación del ferrocarril, entre marzo y diciembre de 2014, para mantener relaciones sexuales con acceso carnal con niñas de 13, 15 y 16 años, quienes ejercían la prostitución, entregándoles sumas de dinero a cambio. “Todos los hechos fueron actos tendientes a corromper el normal comportamiento sexual de la niña y a promover su ejercicio en la prostitución”. Agregó que uno de los hechos lo hizo presenciar a otro menor de edad. En tanto a Ledesma se lo responsabilizó del mismo delito por hechos cometidos en su casa particular ubicada en el radio céntrico viedmense, entre marzo y diciembre de 2014, circunstancias en las que mantuvo relaciones sexuales con acceso carnal con dos niñas de 13 y 16 años, quienes ejercían la prostitución, entregándoles a cambio entre 300 y 400 pesos. Sobre el pedido de la libertad de los procesados por parte del abogado defensor, el STJ recordó que si bien “toda persona sometida a proceso por un delito debe ser considerada inocente hasta que se demuestre lo contrario”, “la peligrosidad procesal constituye la razón fundamental para ordenar su prisión preventiva”. Los jueces entienden que si le dan la libertad, podrían entorpecer el desarrollo del proceso, sobre todo por la situación de “vulnerabilidad” de las víctimas” y los “condicionamientos” que podrían sufrir “por el accionar de los imputados, previo al arribo a una sentencia definitiva”. Ponderaron las presiones que podrían sufrir las víctimas o sus familiares para modificar sus relatos, en caso que los imputados se encontraran en libertad “por la ascendencia que podrían ejercer dada la especial vulnerabilidad que aquellas exhiben”.


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