El Superior Tribunal ratificó procesamientos de Bernardi y Antueque
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VIEDMA (AV).- El Superior Tribunal de Justicia confirmó los procesamientos por presunta corrupción de menores que pesan sobre el juez suspendido Juan Bernardi y el cuidador de su chacra, Julio Antueque. El máximo organismo judicial de Río Negro no hizo lugar al recurso de casación planteado por los abogados Manuel Maza y Maximiliano Rusconi y convalidó así lo resuelto oportunamente por la sala B de la Cámara Criminal de Viedma, que el 1 de julio de este año también confirmó los procesamientos contra ambos imputados y rechazó los planteos de nulidad hechos por la defensa. Bernardi fue procesado con prisión preventiva el 28 de marzo de 2015 y la Cámara luego modificó la calificación legal a “promoción de la corrupción de menores” y ordenó la liberación. Esa misma sala rechazó la apelación planteada por la defensa de Antueque, confirmando tanto el procesamiento como la detención. Contra aquella resolución Maza interpuso una casación que ahora el STJ rechazó con los votos de los jueces Liliana Piccinini, Enrique Mansilla y Ricardo Apcarian. En rigor, los jueces declararon “mal concedida” la casación, porque las resoluciones que pretendió atacar la defensa no son una “sentencia definitiva o equiparable a tal”. Los magistrados del STJ además precisaron que el juez de instrucción Favio Igoldi procesó con preventiva a Bernardi y la Cámara, al actuar en grado de apelación, dejó sin efecto la detención y confirmó el procesamiento, “garantizando así el doble conforme de lo decidido”. El fallo del Superior Tribunal concluyó que “más allá del esfuerzo argumental desplegado, la parte no logra demostrar que, por sus efectos, resulte equiparable a definitiva la decisión que rechaza el recurso de apelación y, consecuentemente, mantiene el dictado del procesamiento respecto del causante y la continuidad del trámite”. “Ello es así –argumentaron– en la medida en que no produce gravamen irreparable la resolución que tiene como consecuencia que el imputado continúe sometido a proceso criminal, sin restricciones severas en su libertad, toda vez que no se encuentra sometido a prisión cautelar”.
Río Negro