El TSJ instó a que el juicio contra Focaccia se haga «a la mayor brevedad»

El máximo tribunal provincial rechazó el recurso presentado por la defensa del ginecólogo, acusado de abuso sexual contra dos jóvenes.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén rechazó el recurso de queja presentado por la defensa del ginecólogo, Guillermo Focaccia, acusado de haber abusado sexualmente de dos jóvenes pacientes en su consultorio. Instó a que el juicio se realice «a la mayor brevedad posible a efectos de garantizar el derecho de todas las partes.»

El debate oral contra el médico debía comenzar el 9 de noviembre. La fecha ya había sido fijada, citado testigos y definido el tribunal. Sin embargo fue aplazado a último momento debido a que el juez de Garantías, Diego Piedrabuena, hizo lugar al pedido del defensor, Juan Coto. El abogado planteó que el juicio no podía llevarse a cabo, porque había un recurso pendiente de resolución en el TSJ.

Coto sostiene que ya venció el plazo total de tres años para juzgar al imputado, y debe dictarse su sobreseimiento.

La sala penal integrada por la vocal Soledad Gennari y su par Alfredo Elosú Larumbe consideró que no se ha vulnerado en el caso el plazo razonable. Entre los argumentos plantearon que «la inminencia del juicio oral es un factor que aleja aún más la vulneración de la garantía que propone, pues es dable presumir que la actual indefinición procesal del imputado será rápidamente superada.»

Agregaron que la emergencia sanitaria «no puede soslayarse cuando se hace una valoración global de la duración del proceso.»

Por eso señalaron que no debe demorarse más el debate. Dijeron que «la debida diligencia y la tutela judicial efectiva» se tienen que plasmar «en la urgente celebración del juicio oral como modo de definir, en menor tiempo posible, la situación procesal del imputado ante la ley y la sociedad.»

El ginecólogo fue acusado el 22 de septiembre de 2017 de abuso sexual gravemente ultrajante reiterado y abuso sexual simple, ambos en concurso real. En la descripción de los cargos se afirma que el imputado se aprovechaba de su condición de médico -que además era el empleador de una de sus denunciantes- para cometer estos hechos en el ámbito de la consulta.

Por esto fue absuelto en un fallo dividido el 28 de agosto de 2018. El Tribunal de Impugnación lo anuló por unanimidad y ordenó un nuevo juicio, que es el que está pendiente. Entre los fundamentos de la sentencia se indicó que hubo una arbitraria valoración de la prueba, una fundamentación omisiva y cargada de estereotipos de género.


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