El procurador Crespo recomienda el rechazo de la demanda por los camiones dentro de Cipolletti
Crespo, fiscal ante el Superior Tribunal de Justicia, considera que los plazos procesales de la empresa caducaron antes de intentar la demanda.
El procurador general de Río Negro, Jorge Crespo, dictaminó que la acción de inconstitucionalidad presentada por la empresa NRG Argentina contra la municipalidad de Cipolletti fue interpuesta fuera de los plazos procesales. Esa opinión complica el intento de la compañía de revertir una ordenanza que restringe la circulación de camiones de gran porte en el ejido urbano. Según el representante del Ministerio Público, la extemporaneidad de la demanda impide que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) intervenga en el caso.
La disputa gira en torno de la ordenanza 490/23, vigente desde el 14 de octubre de 2024, que prohíbe el tránsito en Cipolletti de camiones de tres o más ejes o de más de seis toneladas salvo que su destino final esté dentro de la ciudad. Impulsada por el intendente Rodrigo Buteler, la normativa apunta a preservar la infraestructura vial y mejorar la seguridad en áreas residenciales, afectadas por el paso constante de vehículos pesados relacionados con la actividad hidrocarburífera hacia Vaca Muerta.
NRG Argentina, con base operativa en el Parque Industrial de Allen, depende de la Circunvalación de Cipolletti para transportar arena y otros insumos esenciales a los yacimientos. La empresa aseguró que la prohibición incrementa significativamente sus costos logísticos y genera barreras al comercio interjurisdiccional, contraviniendo principios constitucionales como la libre circulación y el ejercicio de actividades lícitas. Además denunció que las alternativas propuestas, como la Ruta 22, presentan serios problemas logísticos, incluyendo un cruce semaforizado en la ciudad de Neuquén que obstaculiza el tránsito de camiones.
El dictamen de Crespo se centra en el cumplimiento de los plazos procesales establecidos por el Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro, que otorga un término de 30 días para demandar la inconstitucionalidad de una norma a partir de su entrada en vigencia. Según el procurador, la acción debió haberse presentado antes del 12 de noviembre, pero NRG la ingresó un día después, el 13 de noviembre. “La extemporaneidad extingue la competencia originaria del Superior Tribunal de Justicia”, afirmó Crespo, aunque aclaró que esto no impide a la empresa llevar el caso a la jurisdicción ordinaria.
El intendente Buteler defendió la normativa con el argumento de que el deterioro de las arterias clave de la ciudad, como las avenidas de circunvalación Perón e Illia, requería una respuesta inmediata. La ordenanza incluyó excepciones para camiones que ingresan al Parque Industrial local y previó severas sanciones para los infractores, con multas de hasta un millón de pesos y la posible inhabilitación para conducir por 180 días. Sin embargo, desde su implementación, se han reportado numerosos intentos de camiones de evadir la normativa con ingresos por calles troncales que los llevan a atravesar toda la ciudad.
Además, las obras de bacheo en la Circunvalación han complicado aún más la situación, ya que los desvíos obligan a algunos camiones a transitar por rutas alternativas, como la 151, cuyo puente ferroviario representa otro obstáculo para vehículos de gran porte.
El STJ deberá decidir si sigue la recomendación de Crespo y rechaza la acción de NRG por extemporánea o analiza la cuestión de fondo por fuera de los plazos, meramente perentorios.
Comentarios