Especialistas analizan alcances del fallo sobre aborto no punible

Médicos y abogados debaten el tema en el XXX Congreso de Ginecología y Obstetricia de Buenos Aires. Sostienen que no es competencia del médico comprobar la violación y que no hay razón para imponer obstáculos a las víctimas de violación.

El aborto no punible en casos de violación, que fue ratificado recientemente por un fallo de la Corte Suprema y que figura en el Código Penal desde 1921, fue el eje de una mesa de debate entre médicos y abogados en el marco del XXX Congreso de Ginecología y Obstetricia de Buenos Aires.

“No es competencia del médico comprobar la violación”, aseguró Nelly Minverski, directora de la comisión especial que analiza la reforma del Código Civil, en respuesta a un profesional de la audiencia, cuya inquietud era cómo darse cuenta de “si el acto era real o fabricado”.

Ante el planteo, Carolina Elizalde, docente de Derecho Penal de la UBA, señaló que la Corte previó esos casos, aunque aclaró que “de ninguna manera esa era una razón para imponer obstáculos a las víctimas de violación, más aún si está en riesgo la vida de ellas”.

Por abortos no punibles, “la Corte descartó persecusión penal a los médicos, pero advierte que todo trámite médico-burocrático que obstaculice la práctica de abortos legales traerá aparejadas consecuencias civiles y penales”, precisó Elizalde.

“El máximo tibunal de manera unánime interpretó que el Código Penal en sus incisos 1 y 2 del artículo 86 prevé tres supuestos de abortos no punibles”, señaló Elizalde.

El primero, para evitar poner en peligro la salud o la vida de la mujer; el segundo, cuando el embarazo proviene de una violación; y el tercero, cuando proviene de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente.

En su analisis, Elizalde destacó que el fallo consideró que “hacer una distinción entre mujer violada demente de quien no lo es no resulta una derivación razonada del derecho vigente”.

La especialista señaló que el fallo “considera la distinción descabellada y absurda del trato desigual entre mujeres cuando en verdad lo importante es proteger a las víctimas sexuales con independencia de la capacidad mental de ellas”.

Por un lado, señaló Elizalde, “el Estado no obliga a la mujer que se encuadra dentro de estos tres supuestos a abortar sino que -muy por el contrario, y solo si lo decide- le respeta su derecho, que está consagrado por ley”.

Por otro lado, la jurista, recordó que “el fallo remite sólo a abortos no punibles, es decir, a los que están permitidos por ley, y que -por eso- no son delitos”.

“El aborto no debe generar miedo porque protege al médico y protege a la mujer”, aseguró la especialista.

Sin embargo, y por más que la conducta esté permitida, estimó necesario abordar la problemática “con prudencia y cautela debido a las zonas grises del Derecho”. En tanto, la socióloga, investigadora y docente de la UBA, María Alicia Gutierrez, señaló que el fallo de la Corte Suprema de Justicia definió los alcances del aborto no punible para facilitar su operatividad.

En ese sentido, explicó, “el Tribunal sugirió un protocolo para que la atención a las mujeres violadas sea sin dilación, y sin revictimización”.

“El servicio médico debe dar curso al procedimiento con la sola declaración jurada de la paciente, y no es válida la objeción de conciencia para el conjunto del servicio”, señaló la socióloga.

“Quiero dejar en claro, dijo, que si bien el dictamen de la Corte habla de `mujeres violadas`, el código hace referencia a los casos que implique “riesgo de vida de la madre”, o sea que contempla otras situaciones”.

La Sociedad de Obstetricia y Ginecología de Buenos Aires, cuyo titular es Marcelo Elizalde, informó que La Pampa, Santa Fe, Corrientes, Entre Rios, Salta y Chubut ya aplican protocolos conforme a los lineamientos marcados en el fallo de la Corte.

En tanto, las provincias que manifestaron su adhesión a la guía técnica recomendada por el máximo tribunal fueron Formosa, la Rioja, Misiones, Santiago del Estero, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán.

Agencia Télam


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