Caso Gabriel Mandagaray: los cuatro policías condenados irán a la cárcel

Este martes se conoció la sentencia del tribunal y todos los acusados recibieron condenadas de cumplimiento efectivo.

Más de cuatro años de condenas de cumplimiento efectivo recibieron los cuatro policías condenados por el homicidio culposo de Gabriel Mandagaray, ocurrido el 15 de abril de 2021 durante un curso de la Policía de Río Negro en Bahía Creek.

Este martes se conocieron las condenas aplicadas por el tribunal formado por Carlos Reussi, Marcelo Álvarez e Ignacio Gandolfi.

Alejandro Gattoni fue condenado a 4 años y 10 meses de prisión, Alfredo Nahuelcheo a 4 años y seis meses, y Maximiliano Vitali Méndez y Marcelo Contreras, a 4 años y tres meses; además recibieron inhabilitaciones para desempeñar funciones policiales.

El hecho que generó amplia repercusión en la región fue analizado durante cinco jornadas en el juicio de responsabilidad contra los cuatro acusados y luego fueron necesarias otras tres jornadas durante el juicio de cesura.

Los cuatro efectivos de la Policía de Río Negro, con un sumario administrativo pendiente de resolución dentro de la fuerza, también fueron condenados por el delito de abuso de autoridad.

Para llegar a la condena por homicidio culposo el tribunal tuvo en cuenta que «los testigos han reconstruido la forma en que se desarrolló el ejercicio en la playa y el ingreso al mar, ambos precedentes del luctuoso desenlace. Reprodujeron lo ocurrido antes, durante y después. Han ubicado en el lugar a los instructores: Nahuelcheo, Contreras y Vitali Méndez. Incluso pudieron dar precisiones del lugar en que se encontraba Gattoni».

Los jueces indicaron que «ha sido suficientemente determinada la causa de muerte de Gabriel Mandagaray» y tras analizar la totalidad de la prueba, incluyendo las declaraciones de testigos y peritos, concluyeron que los cuatro imputados «han quebrantado el rol que les cabía en la situación, generando con ello un riesgo no permitido y ese riesgo se concretó en el resultado muerte».

Tuvieron en cuenta que Gattoni modificó el lugar del entrenamiento «cambió las condiciones estipuladas por la autoridad y con ello incrementó el riesgo» y todos son «responsables de la realización de una actividad en el mar sin contar con ninguna medida de seguridad y nuevamente, en contrario de las previsiones que la autoridad -en el caso el Jefe de Policía- había establecido».

Finalmente, el tercer hecho juzgado alcanza solo a Marcelo Contreras, por haberle propinado patadas a un cursante, generándole lesiones que requirieron un tratamiento médico. Si bien el fallo considera que la imputación debió ser más gravosa, ante la imposibilidad de modificar la calificación jurídica, tuvo por acreditado la acusación.


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